SAP Barcelona 273/2011, 1 de Junio de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha01 Junio 2011
Número de resolución273/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOSÉPTIMA

ROLLO núm. 414/2010

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 47 BARCELONA

PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 162/2002

S E N T E N C I A núm. 273/11

Ilmos. Sres.

Don José Antonio Ballester Llopis

Dña. Maria Pilar Ledesma Ibáñez

Dña. María Sanahuja Buenaventura

En la ciudad de Barcelona, a uno de junio de dos mil once.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 162/2002 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 47 Barcelona, a instancia de D/Dña. GLOBAL TRANSIT, S.A. quien se encontraba debidamente representado por Procurador y asistido de Letrado, actuaciones que se instaron contra D/Dña. GROUPE ZANNIER ESPAÑA S.A., quien igualmente compareció en legal forma mediante Procurador que le representaba y la asistencia de Letrado; actuaciones que penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de D/Dña. GROUPE ZANNIER ESPAÑA S.A. contra la Sentencia dictada en los mismos de fecha 21 de enero de 2010, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El fallo de la Sentencia recaída ante el Juzgado de instancia y que ha sido objeto de apelación, es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que con estimación parcial de la demanda interpuesta por Global Transit, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales Don Santiago Puig de la Bellacasa y Vandellós, asistida por la Letrad Doña Elena Varea Fililla, contra Groupe Zannier España, S.a., representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Joanna Miquel Fageda, asistida por la Letrada Doña M. Angels Sotorra i Serra, sobre reclamación de cantidad, debo CONDENAR Y CONDENO a dicha parte demandada a que pague a la actora la cantidad de veintidós mil setecientos noventa euros con setenta y un céntimos de euro (22.790,71), más el interés legal de dicha cantidad desde la interpelación judicial. Y sin hacer especial condena en costas.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de D/Dña. GROUPE ZANNIER ESPAÑA S.A. y admitido se dio traslado del mismo al resto de las partes con el resultado que es de ver en las actuaciones, y tras ello se elevaron los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

De conformidad con lo previsto en la Ley, se señaló fecha para la celebración de la votación y fallo que tuvo lugar el pasado once de mayo de dos mil once.

CUARTO

En el presente juicio se han...

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