SAP Madrid 259/2011, 2 de Junio de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Junio 2011
Número de resolución259/2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00259/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 493 3815-16-86-87 Fax: 91 493 38 85

N.I.G. 28000 1 0001940 /2011

RECURSO DE APELACION 313 /2011

Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1254 /2008

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 9 de MADRID

Apelante/apelado: Jorge

Procurador: JOSEFA PAZ LANDETE GARCIA

Apelante/apelado: WESTMINJTER DEVELOPS S.L.

Procurador: MANUEL LANCHARES PERLADO

SENTENCIA NÚM. 259

Ponente: Ilmo. Sr. D. RAMÓN RUIZ JIMÉNEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLÁS DÍAZ MÉNDEZ

D. RAMÓN RUIZ JIMÉNEZ

D. MIGUEL ÁNGEL LOMBARDÍA DEL POZO

En MADRID a, dos de junio de dos mil once.

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Procedimiento Ordinario nº 1254/08, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Madrid, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 313/11, en el que han sido partes, D. Jorge, que estuvo representado por la Procuradora Dª. Paz Landete García; y de otra, WESTMINJTER DEVELOPS, S.L., que vino al litigio representada por el Procurador

D. Manuel Lanchares Perlado, habiendo estado ambas partes defendidas por Letrado.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. RAMÓN RUIZ JIMÉNEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal. I.- ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO

Con fecha 19 de julio de 2010 el Juzgado de 1ª Instancia nº 9 de Madrid, en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:" Que estimando la demanda interpuesta por D. Jorge contra la mercantil Westminjter Develops S.L. y estimando la reconvención formulada por ésta última debo declarar y declaro que la mercantil demandada es responsable de los daños causados en la vivienda del actor sita en C/ DIRECCION000 nº NUM000 de Madrid y que refleja el informe del perito judicial, condenando a la demandada a pagar al actora la suma de TRECE MIL SEISCIENTOS NOVENTA EUROS ( 13.690 EUROS) en concepto de daños y perjuicios para reparar los daños ocasionados, condenando igualmente al actor-reconvenido a efectuar las reparaciones de dichos daños en su vivienda a fin de evitar las filtraciones de agua que se producen en el inmueble de la demandada reconviniente a nivel del sótano 2, y a reparar los daños ya ocasionados por dichas filtraciones a fin de reponer al estado originario las paredes de dicho sótano, satisfaciendo la parte demandada las costas causadas en la demanda principal y la actora-reconvenida las costas causadas en la reconvención formulada de contrario."

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes se interpusieron sendos recursos de apelación por la representación procesal de D. Jorge, y por la representación procesal de Westminjter Develops S.L., que formalizaron adecuadamente y del que, tras ser admitidos en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opusieron al mismo, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que de inmediato se abrió el correspondiente rollo de Sala.

TERCERO

En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el 31 de mayo de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que a continuación se insertan y

PRIMERO

La demanda que encabeza estas actuaciones y es base del recurso, se inicia por Jorge

, siendo demandada WESTMINJTER S.L. Se reclamaban por la primera los daños y perjuicios derivados de los daños sufridos en la vivienda, consecuencia de la ejecución de las obras que se llevaban a cabo por la demandada en la finca colindante. Por la demandada, se oponía a la demanda y se formulaba reconvención, en relación con humedades aparecidas en la finca y que relaciona con falta del debido mantenimiento de la del reclamante inicial. La prueba pericial del actor, relacionaba los daños con las obras que se ejecutaban, descenso de cimentación y corrimiento de tierras. La sentencia, estima la demanda, condenando a la demandada al pago de 13.690 euros y acoge en parte la reconvención condenando al actor reconvenido a efectuar las reparaciones de dichos daños en su vivienda a fin de evitar las filtraciones de agua que se producen en la finca de la demandada reconvincente a nivel de sótano 2. La sentencia se recurre por ambas partes.

SEGUNDO

Recurso de la demandante.

Se concreta al aspecto de la sentencia, cuando al resolver la reconvención, en lo esencial recogido en el fundamento 5ª de la misma, se establece por el juzgador que las humedades existentes en el techo del garaje devienen de los desagües y acometidas del alcantarillado existente en el patio de la recurrente " por el posible socavón o corrimiento de tierra". El motivo parece razonable y digno de ser tomado en cuenta. Tanto el informe pericial presentado por la demandante, como la pericial practicada a instancias de la aseguradora Santa Lucía ponen de relieve la existencia de grietas que colindan con el solar de la demandada, y lo relacionan con el descenso de la cimentación por un corrimiento de tierras.

La demandada...

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