SAP Santa Cruz de Tenerife 303/2007, 17 de Septiembre de 2007

PonenteMODESTO VALENTIN ADOLFO FERNANDEZ DEL VISO BLANCO
ECLIES:APTF:2007:1799
Número de Recurso139/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución303/2007
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

SANTA CRUZ DE TENERIFE

SENTENCIA Nº 303/2007

Rollo nº 139/2007

Autos nº 10.276/1997

Jdo. 1ª Inst. nº 4 de Santa Cruz de Tenerife

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. JOSÉ RAMÓN NAVARRO MIRANDA

Magistrados:

D. EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS

D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO

En Santa Cruz de Tenerife, a diecisiete de septiembre de dos mil siete.

Visto por los Iltmos. Sres. Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandada la entidad Compañía Catalana Occidente, contra la sentencia dictada en los autos nº 10.276/1997, verbal, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Santa Cruz de Tenerife, promovidos por Doña Margarita y Cia. de Seguros LA VASCO NAVARRA, S.A. representados por el Procurador doña Teresa Medina Martín y asistidos por el Letrado don Cristóbal Corrales Rolo contra la entidad ONYX ITUSA, S.A., representada por el Procurador don Juan Manuel Beautell López y asistida por el Letrado doña Mercedes Pérez Duque, contra la entidad U.A.P. IBÉRICA, S.A., representada por el Procurador doña Milagros Mandillo Blánquez y asistida por el Letrado don Juan Rodríguez Sánchez, contra el Consorcio de Compensación de Seguros, representado y asistido por el Abogado del Estado y contra don Miguel, la entidad Trainer Grupo Canario de Mudanzas, la entidad Gil Stauffer, S.A., la entidad Lutranste, S.L., la entidad Atlas Movers, S.L. y la entidad TRANSALI, S.A., en situación de rebeldía procesal; han pronunciado, en nombre de S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos indicados el Iltmo. Sr. Magistrado Juez D. Juan Antonio González Martín, dictó sentencia el veintiocho de abril de dos mil tres, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO: A.- Estimando en parte la demanda formulada por DÑA Margarita y CIA DE SEGUROS LA VASCO NAVARRA SA, representados por el Procurador de los tribunales DÑA. MARIA TERESA MEDINA MARTIN, contra D Constantino, asistido por la Letrado Dña. Mercedes Pérez Duque, contra UAP IBERICA CIA DE SEGUROS Y REASEGUROS SA, representada por el Procurador de los Tribunales DÑA. MILAGROA MANDILLO BLANQUEZ, contra INGENIERIA TÉCNICA URBANA SA - ITUSA -, representada por el Procurador de los Tribunales D. JUAN MANUEL BEAUTELL LOPEZ, contra CIA TATALANA OCCIDENTE, representada por el Procurador de los Tribunales DÑA ISABEL EZQUERRA AGUADO, contra CIA THAINER GRUPO CANARIO DE MUDANZAS, CIA TRANSALI ZAR SA, CIA GIL STAUFFER SA y D Miguel, rebeldes en los presentes autos, y contra EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS, de las circunstancias personales que constan en autos, debo declarar y declaro:

1.- Que CIA TATALANA OCCIDENTE, CIA TRANSALI ZAR SA, CIA GIL STAUFFER SA y D Miguel son en deber a los actores la cantidad de cuatrocientos setenta y cinco mil novecientas sesenta y dos ( 475.962.- ) pesetas o 2.860,59 €, en concepto de indemnización por los daños y las lesiones causadas en el accidente de circulación enjuiciado al vehículo propiedad y asegurado por los actores, condenando a dichos demandado al pago solidario de la mencionada suma, junto con más los intereses legales que correspondan.

2.- Que debo absolver y absuelvo a los...

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