STSJ Castilla y León 1338/2011, 10 de Junio de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha10 Junio 2011
Número de resolución1338/2011

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 01338/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

Sala de lo Contencioso-administrativo

Sección: 002

VALLADOLID

65591

C/ ANGUSTIAS S/N

Número de Identificación Único: 47186 33 3 2007 0103168

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001998 /2007 LP

Sobre AGUAS

De INVERALDE, S.L.

Abogado: RAMON TORRES JIMENEZ

Contra CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO, SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ORNITOLOGIA

Representante: ABOGADO DEL ESTADO, SOLEDAD GALLEGO BERNAD

SENTENCIA Nº 1338

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

Don JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ

Don FELIPE FRESNEDA PLAZA

Don EZEQUÍAS RIVERA TEMPRANO

En Valladolid, a diez de junio de dos mil once.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna la resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero de 27 de septiembre de 2007 dictada en el expediente Rég. Usuarios/ED/CP-21.119-AV, por la que se declara la extinción del derecho al uso privativo del agua inscrito con el número 13.121 en la Sección A, tomo 35, del Registro de Aguas de la cuenca del Duero a nombre de la actora.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: la entidad INVERALDE, S.L.U., representada por el Procurador de los Tribunales don Javier Gallego Brizuela y bajo dirección letrada de don Ramón Torres Jiménez. Como demandada: la Administración General del Estado, Confederación Hidrográfica del Duero, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Como codemandada: la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BIRDLIFE), representada por el Procurador de los Tribunales don Gonzalo Rodríguez Álvarez y defendida por la letrada doña María Soledad Gallego Bernard.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON EZEQUÍAS RIVERA TEMPRANO .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se anule la resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero de 27 de septiembre de 2007 dictada en el expediente Rég. Usuarios/ED/CP-21.119-AV, por la que se declara la extinción del derecho al uso privativo del agua inscrito a nombre de la demandante con el número 13.121 en la Sección A, tomo 35, del Registro de Aguas de la cuenca del Duero, y se ordena su cancelación registral, y se declare que no concurre en el caso planteado causa de extinción del derecho de la recurrente, y subsidiariamente, y de entenderse que concurre la causa de extinción reseñada por la Confederación Hidrográfica del Duero, se anule la resolución impugnada y se ordene la reposición del expediente al momento procedimental oportuno para que la Administración fije las condiciones en que podría rehabilitarse el derecho de la recurrente o justifique la imposibilidad de su rehabilitación.

SEGUNDO

Tanto la parte demandada como la codemandada, en sus respectivos escritos de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en los mismos, solicitaron de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el presente recurso e imponga las costas a la parte actora.

TERCERO

No habiendo solicitado las partes el recibimiento del procedimiento a prueba, se les confirió traslado para presentar conclusiones, evacuándose el trámite por ambas. Declarado concluso el pleito, se señaló para votación y fallo el 2 de junio de 2011.

CUARTO

Conferido traslado a las partes para presentar conclusiones se evacuó el trámite por todas ellas. Declarado concluso el pleito, se señaló para votación y fallo el 2 de junio de 2011.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales, salvo los plazos legales en ellas fijados por causa del volumen de pendencia y trabajo que soporta la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La propia Sociedad actora fija -en el V Fundamento de Derecho de su escrito de demandalos límites de la pretensión por ella deducida en el recurso contencioso administrativo 1998/07 en estos términos: « El recurso, por ello, se articula en los dos motivos generales siguientes. 1º.- La extinción del derecho concesional de la recurrente exigiría que ésta hubiere incumplido gravemente obligaciones esenciales impuestas al otorgarse la concesión causando un perjuicio al interés público inmanente en toda concesión, mientras que en el caso de autos no puede hablarse de incumplimiento propio (ya...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STS, 16 de Abril de 2013
    • España
    • Tribunal Supremo, sala tercera, (Contencioso Administrativo)
    • 16 Abril 2013
    ...por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid en el recurso núm. 1998/07 , seguido a instancias de IVERALDE, S.L. contra la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero de fecha 27 de septiembre de 2007, dic......
  • ATS, 22 de Diciembre de 2011
    • España
    • 22 Diciembre 2011
    ...junio de 2011, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, dictada en el recurso nº 1998/2007, sobre concesión de uso privativo de .Por providencia de 10 de octubre de 2011 se acordó, entre otros extremos, dar traslado a la parte recurre......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR