SAP Baleares 224/2011, 20 de Junio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución224/2011
Fecha20 Junio 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00224/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE PALMA DE MALLORCA

SECCION CUARTA

Rollo: RECURSO DE APELACION Nº 75 /2011

SENTENCIA NUM. 224/11

ILMA. SRA.

MAGISTRADA

Dña. María del Pilar Fernández Alonso.

En Palma de Mallorca, a veinte de junio de dos mil once.

VISTOS, en grado de apelación, los presentes autos, Juicio Verbal, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Palma, bajo el nº 1537/2009, Rollo de Sala nº 75/2011, entre partes, de una como demandante-apelante, el CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, representado por el Sr. Letrado del Estado, y de otra, como demandada-apelada, Dª Gracia, representada por la Procuradora Sra. Mª Dolores Montojo Ripoll y asistida por la Letrada Dª MARIA ANTONIA NOGUERA BOSCH.

ES PONENTE la Ilma. Sra. Magistrado Dña. María del Pilar Fernández Alonso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Palma de Mallorca, en fecha 20-4-2010, se dictó sentencia, cuyo fallo dice: "En virtud de la potestad jurisdiccional conferida por la Constitución Española de 27 de diciembre de 1.978, desestimo la demanda planteada por el CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS, representado y dirigido por la Abogacía del Estado frente a DOÑA Gracia, representada por la procuradora Doña María Dolores Montojo Ripoll, absolviendo a dicha demandada de las pretensiones contenidas frente a ella en la demanda. Respecto de las costas causadas, se imponen a la actora."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, y seguido el procedimiento por sus trámites, quedaron las actuaciones pendientes de resolver, en virtud de la reforma de la L.O.P.J. de fecha 4/11/2009 .

TERCERO

En la tramitación de este Recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen.

PRIMERO

La sentencia dictada en primera instancia desestimo la demanda en reclamación de cantidad en ejercicio de acción de repetición del art. 1158 del código civil, formulada por el Consorcio de compensación de seguros por no considerar acreditada la realidad de la colisión de la que deriva la reclamación.

Contra dicha sentencia se alza en apelación la parte actora, interesando su revocación y la integra estimación de la demanda, alegando que en el...

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