SAP Barcelona 554/2011, 13 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución554/2011
Fecha13 Julio 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

Sección Octava

Ponente: Ilmo. Sr. Don JESUS Mª BARRIENTOS PACHO

Rollo nº 100/2011R

P.A. nº 422/2010

Juzg. Penal 19 de Barcelona

Los Ilmos. Sres.: JESUS Mª BARRIENTOS PACHO

D. CARLOS MIR PUIG

Da. MARÍA MERCEDES OTERO ABRODOS

Dictan la siguiente

S E N T E N C I A nº

En Barcelona, a trece de julio de dos mil once.

VISTOS, en nombre de S.M. el Rey, ante esta Sección Octava de esta Audiencia Provincial, el rollo de apelación penal número 100/2011R, formado para substanciar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el día 24 de marzo de 2011 por el Juzgado de lo Penal nº 19 de Barcelona en el Procedimiento Abreviado nº 422/2010, seguido por un delito contra la seguridad del tráfico y desobediencia contra el acusado Luis Alberto ; siendo parte apelante el acusado dicho; y parte apelada el Ministerio Fiscal.

Ha correspondido la ponencia al Ilmo. Sr. Presidente del Tribunal Don JESUS Mª BARRIENTOS PACHO, quien expresa así el criterio unánime del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 19 de Barcelona con fecha 24 de marzo de 2011 se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado del margen, en cuya parte dispositiva literalmente se dice: "Que debo condenar y condeno a Luis Alberto como autor responsable de un delito contra la seguridad del tráfico del artículo 379.2º, concurriendo la circunstancia modificativa de la responsabilidad penal agravante de reincidencia del artículo 22.8ª del CP, así como por un delito contra la seguridad vial de negativa a someterese a las pruebas de alcoholemia del artículo 383 del CP, concurriendo la circunstancia modificativa de la responsabilidad penal atenuante analógica de embriaguez del artículo 21.6 en relación con el artículo

21.2 y 20.2 del CP, a la pena de cinco meses de prisión más accesorias legales, y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, así como del derecho a obtenerlo, durante 3 años por el primer delito; y a la pena de 6 meses de prisión más accesorias legales y a la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, así como el derecho a obtenerlo, durante un año y un día por el segundo delito y al pago de las costas procesales del presente procedimiento.

SEGUNDO

Notificada dicha resolución contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación del acusado Luis Alberto, en cuyo escrito interesó la revocación de la sentencia recurrida y en su lugar se dicte otra absolutoria para el recurrente por los delitos por los que ha sido acusado y, alternativamente, se le impongan las penas que dejó explicitadas en su escrito de recurso. Y una vez admitido a trámite dicho recurso se dio traslado del mismo a las demás partes para que, por el término legal, formulasen las alegaciones que estimasen convenientes a sus respectivos derechos, trámite que fue evacuado con el resultado que consta en las actuaciones, siendo éstas remitidas con posterioridad a esta Sección de la Audiencia Provincial, donde, sin más trámite, quedaron los autos para sentencia.

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