STSJ Comunidad de Madrid 581/2011, 14 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución581/2011
Fecha14 Julio 2011

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00581/2011

Recurso nº 1480/09

Ponente Sr. Gustavo Lescure Ceñal

Recurrente: D. Clemente (funcionario del CNP)

Demandado: Ministerio del Interior (Abogado del Estado)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

_______________

SENTENCIA NÚM.581 .

ILTMO. SR. PRESIDENTE:

D. Gustavo Lescure Ceñal

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. Juan Ignacio Pérez Alférez

Dª. Pilar Maldonado Muñoz

En Madrid, a catorce de Julio del año dos mil once.

----------------------------------- Visto el recurso contencioso-administrativo núm. 1480/09 formulado por D. Clemente en su propio nombre y representación, contra resolución de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil de 29 de Septiembre de 2.009 sobre denegación de percepción de diferencias retributivas complementarias; habiendo sido parte demandada el MINISTERIO DEL INTERIOR representado por Abogado del Estado. La cuantía del recurso resulta determinable por importe inferior a 150.000 #.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida parte actora promovió el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución reseñada, y seguido el cauce procesal previsto legalmente, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por su orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y de contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos consignados, suplicaron respectivamente la anulación del acto objeto de impugnación y la desestimación de ésta, en los términos que figuran en aquéllos. SEGUNDO .- Seguido el proceso por los cauces legales, y efectuadas las actuaciones y los trámites que constan en los autos, quedaron éstos pendientes de señalamiento para votación y fallo, que tuvo lugar el día 14 de Julio de 2.011.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Gustavo Lescure Ceñal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo por D. Clemente, en su condición de Subinspector del Cuerpo Nacional de Policía, contra la resolución de 29.9.09 de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil que desestimó su solicitud relativa a la percepción de las diferencias de retribuciones complementarias entre las percibidas por el puesto de "Personal Operativo TEDAX-NRBQ" en la Comisaría Provincial de Santa Cruz de Tenerife, de la Jefatura Superior de Policía de Canarias, y las correspondientes al desempeño del puesto de "Jefe de Grupo Operativo TEDAX- NRBQ" que manifiesta venir ejerciendo desde el 17.2.09, reiterando tal pretensión en sede jurisdiccional con alegación de que sigue ocupando ese puesto en la actualidad.

Las razones sustanciales de la resolución impugnada son:

"(....) A través de Resolución de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones de 19 de diciembre de 2007 ha sido aprobado el Catálogo de Puestos de Trabajo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, adscritos a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil en el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía, vigente en el periodo temporal objeto de reclamación del interesado, y en el que el puesto de Jefe de Grupo Operativo TEDAX-NRBQ en la plantilla de Santa Cruz de Tenerife está destinado para ser ocupado por funcionarios de la Escala Ejecutiva, por el sistema de Concurso Específico de Méritos.

(...) Examinado el expediente personal del interesado, se ha podido comprobar que el mismo, durante el periodo temporal objeto de su reclamación, ha tenido asignado el puesto de trabajo de Personal Operativo TEDAX-NRBQ en la plantilla policial de Santa Cruz de Tenerife, incluidos entre los relacionados para la citada plantilla en el Catálogo de Puestos de Trabajo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, adscritos a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil en el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Resolución de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones de 19 de diciembre de 2007, percibiendo durante todo el periodo referido las retribuciones inherentes a dicho puesto, que son las que en derecho le correspondían".

SEGUNDO

El Real Decreto 311/1.988 de 30 de Marzo, sobre Retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, actualmente sustituido por el Real Decreto 950/2.005 de 29 de Julio que sido a su vez objeto de posteriores modificaciones, estableció un nuevo marco retributivo homologado al sistema general que rige la Función Pública, distinguiendo entre las retribuciones básicas a las que se refiere el art. 3, y las complementarias previstas en el art. 4, que incluyen el complemento de destino (con el importe que tengan asignados los puestos...

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