SAP Lleida 252/2011, 18 de Julio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 252/2011 |
Fecha | 18 Julio 2011 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE LLEIDA
Sección Segunda
El Canyaret, s/n
Rollo nº. 423/2010
Procedimiento ordinario núm. 1147/2009
Juzgado Primera Instancia 3 Lleida (ant.CI-3)
SENTENCIA nº 252/2011
Ilmos./as. Sres./as.
PRESIDENTE
D. ALBERT GUILANYA I FOIX
MAGISTRADOS
D. ALBERT MONTELL GARCIA
Dña. ANA CRISTINA SAINZ PEREDA
En Lleida, a dieciocho de julio de dos mil once
La sección segunda de esta Audiencia Provincial, constituída por los señores anotados al margen, ha visto en grado de apelación, las actuaciones de Procedimiento ordinario número 1147/2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Lleida (ant.CI-3), rollo de Sala número 423/2010, en virtud de del recurso interpuesto contra la Sentencia de fecha 21 de abril de 2010 . Es apelante PRODUCCIONES AGROPECUARIAS DE L'EBRE, S.L, representada por la procuradora PATRICIA AYNETO VIDAL y defendida por el letrado JOSE MARIA COLLADO GIMENEZ. Son apelados Felipe, Íñigo, Mateo, Rodolfo y Victorino, representados por el procurador JOSÉ Mª GUARRO CALLIZO y defendidos por la letrada Neus Monell Puig. No apelo ni se opuso a la apelación Juan María, representado por la procuradora PATRICIA AYNETO VIDAL y defendido por el letrado JOSE MARIA COLLADO GIMENEZ. Es ponente de esta sentencia el Magistrado Don ALBERT MONTELL GARCIA.
VISTOS,
La transcripción literal de la parte dispositiva de la Sentencia dictada en fecha 21 de abril de 2010, es la siguiente: " FALLO.- Por todo lo expuesto,
ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por Felipe, Íñigo, Mateo, Rodolfo y Victorino representados por el/la PROCURADOR/A SR/A. Guarro y asistido en calidad de LETRADO/A por el/la Sr/a. Monell contra PRODUCCIONS AGROPECUARIES DE L'EBRE S.L. y Juan María representados por el/la procurador Sr/a. Ayneto y asistidos por el/la letrado/a Sr/a. Collado y por ello, CONDENO a PRODUCCIONS AGROPECUARIES DE L'EBRE S.L. a pagar a Felipe la cantidad de
1.378'86 euros, a Íñigo la cantidad de 844'80 euros, a Mateo la cantidad de 1.402'90 euros, a Rodolfo la cantidad de 3.442'60 euros y a Victorino la cantidad de 1.906'29 euros, más el interés legal desde la fecha de la demanda en todos los casos
ABSUELVO a Juan María de todas las peticiones de la parte demandante.
CONDENO a PRODUCCIONS AGROPECUARIES DE L'EBRE S.L. a pagar las costas procesales causadas a Felipe, Íñigo, Mateo, Rodolfo y Victorino .
CONDENO a Felipe, Íñigo, Mateo, Rodolfo y Victorino a pagar las costas procesales causadas a Juan María .
Notifíquese esta resolución a las partes. [...]"
Contra la anterior sentencia, PRODUCCIONES AGROPECUARIAS DE L'EBRE, S.L. interpuso un recurso de apelación que el Juzgado admitió y, seguidos los trámites pertinentes, remitió las actuaciones a esta Audiencia, Sección Segunda.
La Sala decidió formar rollo y designar magistrado ponente a quien se entregaron las actuaciones para que, una vez deliberada, propusiera a la Sala la resolución oportuna. Se señaló el dia 5 de julio de 2011 para la votación y decisión.
En la tramitación de esta segunda instancia se han observado las prescripciones legales esenciales del procedimiento.
El recurso interpuesto por la demandada apelante Producciones Agropecuaris del Ebro SL, pretende que sea revocada la sentencia de primera instancia con el argumento que concurre lo que la jurisprudencia ha dado en llamar "hipótesis alternativa de similar intensidad", sobre la causa del incendio que origina este procedimiento. Mientras la sentencia de primera instancia acoge la tesis que pudo ser producido por una chispa desprendida del tubo de escape del camión DUMPER que estuvo trabajando toda la mañana del 12-6-06, como juicio de probabilidad cualificado, en cambio, la recurrente considera que también tiene ese mismo carácter su posible origen como consecuencia de una chispa desprendida de un cigarrillo, puesto que, según su decir, en aquella zona pasaban muchos otros payeses y, además, sostiene...
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SAP Soria 13/2015, 26 de Febrero de 2015
...demanda ha de ser estimada, lo que conlleva la revocación íntegra de la sentencia de Instancia. Y siguiendo el contenido de la SAP de Lleida de 18 de julio de 2011, no cabe dudar de la corrección del informe pericial elaborado por el perito D. Ángel, puesto que, en primer lugar, no ha sido ......