SAP Cáceres 303/2011, 20 de Julio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 303/2011 |
Fecha | 20 Julio 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CACERES
SENTENCIA: 00303/2011
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de CACERES
N01250
AVD. DE LA HISPANIDAD S/N
UNIDAD PROCESAL AYUDA DIRECTA
Tfno.: 927620308/927620309 Fax: 927620315
N.I.G. 10037 41 1 2008 0003307
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000381 /2011
Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CACERES
Procedimiento de origen: INCIDENTE CONCURSAL COMUN 0400246 /2009
Apelante: Abel, CONSTRUCCIONES Y ENCOFRADOS DEL OESTE SL
Procurador: MARIA DE LA SOLEDAD GALAN REBOLLO
Abogado: FELIPE VELA JIMENEZ
Apelado: ADMINISTRACION CONCURSAL DE CONSTRUCCIONES Y ENCOFRADOS DEL OESTE SL
Procurador: MARIA DE LOS ANGELES CHAMIZO GARCIA
Abogado: JAVIER CASADO IZQUIERDO
S E N T E N C I A NÚM.- 303/ 2011
Ilmos. Sres. =
PRESIDENTE: =
DON ANTONIO MARÍA GONZÁLEZ FLORIANO =
MAGISTRADAS: =
DOÑA MARÍA TERESA VÁZQUEZ PIZARRO =
DOÑA MERCEDES SABIDO RODRÍGUEZ =
_____________________________________________________=
Rollo de Apelación núm.- 381/2011 =
Autos núm.- 246/2009 = Juzgado de 1ª Instancia núm.- 1 de Cáceres =
===============================================/
En la Ciudad de Cáceres a veinte de Julio de dos mil once.-Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Incidente Concursal núm.- 246/2009, del Juzgado de 1ª Instancia núm.- 1 de Cáceres, siendo parte apelante, los demandados DON Abel y CONSTRUCCIONES Y ENCOFRADOS DEL OESTE, S.L., representados en la instancia y en la presente alzada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Galán Rebollo y defendidos por el Letrado Sr. Vela Jiménez, y como parte apelada, el demandante ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE CONSTRUCCIONES Y ENCOFRADOS DEL OESTE, S.L., representada en la instancia y en la presente alzada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Chamizo García y defendida por el Letrado Sr. Casado Izquierdo .
Por el Juzgado de 1ª Instancia núm.- 1 de Cáceres en los Autos núm.- 246/2009, se dictó
sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que estimando el incidente planteado por la Administración concursal de "CONSTRUCCIONES Y ENCOFRADOS DEL OESTE", representado por el Procuradora Doña María de los Angeles Chamizo García y dirigido por el Letrado Don Javier Casado Izquierdo contra "CONSTRUCCIONES Y ENCOFRADOS DEL OESTE, S.L.", y contra Don Abel sobre acción de reintegración debo declarar y declaro la ineficacia de las operaciones realizadas y condenado a las demandadas a reintegrar de forma inmediata a "Construcciones y Encofrados del Oeste" la suma de 9.867,90 euros con sus intereses y ello con expresa condena en costas a las partes cuyas pretensiones han sido desestimadas..."
Frente a la anterior resolución y por la representación de los demandados, se solicitó la preparación del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .
Admitido que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, conforme a lo dispuesto en los arts. 457.3 de la L.E.C . por veinte días para la interposición del recurso de apelación, conforme a las normas del art. 458 y ss. de la citada ley procesal.
Formalizado en tiempo y forma el recurso de apelación por la representación de la parte demandada, se tuvo por interpuesto y de conformidad con lo establecido en el art. 461 de la L.E.C ., se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable.
Presentado escrito de oposición al recurso por la representación de la parte demandante, se remitieron los autos originales al Órgano competente, previo emplazamiento de las partes, que incoó el correspondiente de Rollo de Apelación.
Recibidos los Autos y el Rollo de Apelación en esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Cáceres, se procedió a turnar de ponencia; y no habiéndose propuesto prueba por ninguna de ellas, ni considerando este Tribunal necesaria la celebración de vista, se señaló para la DELIBERACIÓN Y FALLO el 19 de Julio de 2011, quedando los autos para dictar sentencia en el plazo que determina el art. 465 de la L.E.C.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Vistos y siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA MARÍA TERESA VÁZQUEZ PIZARRO.
El presente recurso de apelación se interpone por la entidad concursada
CONSTRUCCIONES Y ENCOFRADOS DEL OESTE, S.L., y por Don Abel, contra la sentencia que, estimando la acción de reintegración ejercitada por la administración concursal, declara la ineficacia de las operaciones realizadas condenando a los demandados a reintegrar a la masa la suma de 9.867,90 # con sus intereses.
Se afirma por los recurrentes que a excepción del traspaso de 31 de...
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