SAP Asturias 304/2011, 25 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución304/2011
Fecha25 Julio 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

OVIEDO

SENTENCIA: 00304/2011

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 348/2011

NÚMERO 304

En OVIEDO, a veinticinco de Julio de dos mil once, la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Oviedo, compuesta por Don Francisco Tuero Aller, Presidente, Doña Nuria Zamora Pérez y Don José Antonio Soto Jove Fernández, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el recurso de apelación número 348/2011, en autos de JUICIO ORDINARIO Nº 883/2009, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número dos de los de Oviedo, promovido por D. Agustín, demandante en primera instancia, contra Dª. Flora, demandada en primera instancia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. Francisco Tuero Aller.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número dos de los de Oviedo se dictó Sentencia con fecha veinte de enero de dos mil diez (deduciéndose del acta de juicio, testimonio de la sentencia y demás escritos posteriores que se trata de dos mil once), cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "ESTIMAR parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Álvarez Briso-Montiano, en nombre y representación de D. Agustín, contra Dª. Flora, y DECLARO que la demandada está obligada a rendir cuentas al demandante de todos los actos realizados en representación del mismo durante el período de vigencia del mandato otorgado el 16 de octubre de 1991 y revocado el 24 de mayo de 2007, con exclusión de los actos de administración y de disposición de la herencia del padre del demandante así como de los bienes integrados en la misma y con inclusión de las operaciones en su caso efectuadas respecto de la herencia de la abuela paterna, y CONDE NO a la demandada a rendir dichas cuentas al demandante.- Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.".-SEGUNDO.- Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandante recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día diecinueve de Julio de dos mil once.-TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia de primera instancia estimó sólo en parte la demanda interpuesta por D. Agustín, en la que interesaba principalmente que se condenara a su madre, Doña Flora, a que rindiera cuenta del poder que le había conferido el 16 de octubre de 1991. Dicha sentencia excluye de esa rendición los actos de administración y de disposición de la herencia del padre del demandante y de los bienes integrados en la misma, razonando al efecto que por escritura de fecha 24 de mayo de 1991, D. Agustín junto a sus hermanos había renunciado expresamente, a favor de su madre, a cuantos derechos le correspondiesen o pudieran corresponder en la herencia causada por su progenitor.

Es este último pronunciamiento el que es objeto de recurso, alegando el inicial demandante que tras esa renuncia la madre efectuó diversos actos de distribución de la herencia entre los hijos y disposición de los bienes que la integraban, diciendo entonces actuar tanto en su propio nombre como en representación de su hijo, de lo cual deduce que o bien no aceptó la renuncia efectuada por los hijos, o bien, habiendo aceptado, ...

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