SAP Barcelona 355/2011, 6 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución355/2011
Fecha06 Julio 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMONOVENA

ROLLO Nº 683/2010- E

Juicio verbal Nº 97/2010

Juzgado Primera Instancia 3 Igualada

S E N T E N C I A Nº 355/11

Ilma. Sra.

Dª ASUNCIÓN CLARET CASTANY

En la ciudad de Barcelona, a seis de julio de dos mil once.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimonovena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal, seguidos por el Juzgado Primera Instancia 3 Igualada, a instancia de BRILLO PLANXISTERIA S.L. contra Basilio ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora BRILLO PLANXISTERIA S.L. contra la sentencia dictada en los mismos el dia 1 de julio de 2010, por el/la Sr./a. Magisrtrado/a del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la resolución apelada es del tenor literal siguiente: "Estimo parcialmente la demanda de juicio verbal presentada por Brillo Planxisteria, S.L., frente a Basilio, sin expresa condena en costas.

Condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 110,60 euros más el interés legal desde la interpelación judicial.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora BRILLO PLANXISTERIA S.L. mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria y elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para resolver la presente apelación el día 30 de junio de 2011.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo designado Magistrado Único la Ilma. Sra. Magistrada Dª ASUNCIÓN CLARET CASTANY.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dictada sentencia en la instancia estimatoria en parte de la acción de reclamación de cantidad ejercitada por la actora frente al demandado Basilio factura de importe 910,60 euros (IVA incluido) por los trabajos de reparación y planchisteria del vehículo matrícula B-0504-ST propiedad del demandado, por la que se condena al demandado a pagar la diferencia entre el total reclamado y la suma de 800 euros pagadas por el demandado, se alza la actora en interesando la revocación en base a una erronea valoración y carga probatoria.

SEGUNDO

Es conocidísima la jurisprudencia sentada respecto la correcta interpretación del artículo 1214 del Código Civil EDL 1889/1 (doctrina aplicable al actual artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ) en cuanto se refiere a que posición litigante - actor o demandado - corresponde probar los hechos deducidos en juicio y que resulten controvertidos, habiendo reiterado en diversos fallos el Tribunal Supremo que este artículo no contiene norma valorativa de prueba y que sólo puede ser alegado como infringido en casación cuando se acuse al Juez de haber alterado indebidamente el onus probandi, es decir, invertido la carga de la prueba que a cada parte corresponde: al actor la de probar los hechos normalmente constitutivos de su pretensión y al demandado, en general, la de los impeditivos o extintivos ( Sentencias del Tribunal Supremo de 15 de abril de 1982 EDJ 1982/2254, 7 de junio de 1982, 31 de octubre de 1983, 15 de febrero de 1985 EDJ 1985/7166, 15 de septiembre de 1985, 7 de enero de 1986, 23 de septiembre de 1986 EDJ 1986/5665

, 10 de junio de 1986 EDJ 1986/3972, 23 de septiembre de 1986 EDJ 1986/5665, 18 de mayo de 1988, 24 de diciembre de 1988 y 8 de marzo de 1991, entre otras).

La aplicación de esta doctrina ha de efectuarse de forma armónica en conexión con los hechos debatidos en el pleito y que son probados, y de modo subsidiario para cuando no exista prueba suficiente.

En este sentido se ha pronunciado el Tribunal Supremo en las sentencias de 30 de noviembre de 1982 EDJ 1982/7402, 19 de mayo de 1987 EDJ 1987/3896, 5 de octubre de 1988 EDJ 1988/7708 que "la doctrina del onus probandi no tiene otro alcance que el señalar las consecuencias de la falta de prueba y no es aplicable por consiguiente, cuando... la sentencia establece con precisión la resultancia probatoria obtenida a través de la apreciación de los medios de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR