SAP Las Palmas 289/2011, 1 de Septiembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 289/2011 |
Fecha | 01 Septiembre 2011 |
SENTENCIA
PRESIDENTA
Ilma. Sra. Dna. Emma Galcerán Solsona (Ponente)
En Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de septiembre de 2011.
VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, constituida por una sola Magistrada, la Ilma. Sra. Dna. Emma Galcerán Solsona, el rollo de apelación núm. 779/2010, dimanante de los autos de Juicio Verbal núm. 1/2009, del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Las Palmas de Gran Canaria, siendo partes apelantes Spanair, S.A., representada por la Procuradora Dna. Dolores Apolinario Hidalgo y asistida por el letrado D. Jaime Maqueda, y U.S. Airways, representada por la Procuradora Dna. Rita de la Cruz Afonso y asistida por el letrado D. Álvaro Oliete Díaz, y parte apelada, D. Isidoro, representado por el Procurador D. Enrique Santos Suárez y asistido por el letrado D. José Franco Ramírez.
Por el Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Las Palmas de Gran Canaria, se dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece:
"Que estimando en parte la demanda en parte la interpuesta por el Procurador Enrique Santos Suárez en nombre de Isidoro contra la entidad Spanair SA, representada por la Procuradora Ma Dolores Apolinario Hidalgo y la entidad U.S.Airways, representada por la procuradora Rita Cruz Afonso, condeno a las demandadas al pago solidario al actor de la cantidad de 1962,47 euros, más los intereses legales y costas de este juicio."
La relacionada sentencia se recurrió en apelación por la parte demandada, y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se senaló para que se dictara la resolución correspondiente el día 21 de julio de 2011, a las 10 horas.
En la presente tramitación se han observado las prescripciones legales, dictándose la presente sentencia por la Sala constituida por una sola Magistrada por tratarse de juicio verbal por razón de la cuantía, siendo Ponente la Ilma. Magistrada Dna. Emma Galcerán Solsona.
Entrando a resolver el recurso de apelación interpuesto por la entidad Spanair, S.A., debe ponerse de relieve que el pronunciamiento contenido en la sentencia de primera instancia, referente a la responsabilidad de la aquí apelante, y a la responsabilidad solidaria de las dos entidades codemandadas, debe ser confirmado íntegramente, toda vez que, tras el visionado del DVD y examen de las actuaciones, en el caso de autos fue acertada la valoración de la prueba realizada por el Juzgador de instancia y correcta la conclusión a que llegó, debiendo decaer la alegación de transportista de hecho de los vuelos internos, al acreditarse que la actora compró el itinerario a la entidad Spanair, y fue con esta companía con la que facturó en el aeropuerto de Gran Canaria, hasta su destino en Nueva York, de manera que la práctica empleada de acudir a la colaboración de otra companía aérea...
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