SAP Guadalajara 154/2011, 6 de Septiembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 154/2011 |
Fecha | 06 Septiembre 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
GUADALAJARA
SENTENCIA: 00154/2011
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de GUADALAJARA
PASEO FERNANDEZ IPARRAGUIRRE NUM. 10
Tfno.: 949-20.99.00 Fax: 949-23.52.24
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000119 /2011
Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de GUADALAJARA
Procedimiento de origen: JUICIO VERBAL 0002210 /2009
Apelante: Guillermo
Procurador: MARIA BLANCA LABARRA LOPEZ
Abogado: JOSE ANTONIO DEL VALLE HERAN
Apelado: Maximiliano, Tatiana
Procurador: SANTOS PASCUA DIAZ, SANTOS PASCUA DIAZ
Abogado: FRANCISCO JAVIER LOZOYA ALGORA, FRANCISCO JAVIER LOZOYA ALGORA
S E N T E N C I A Nº154/11
Ilmo. Sr. Magistrado: D. JOSÉ AURELIO NAVARRO GUILLÉN
En Guadalajara, a seis de septiembre de dos mil once.
VISTO en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de GUADALAJARA, los Autos de Procedimiento Verbal 2210/09, procedentes del JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 1 DE GUADALAJARA, a los que ha correspondido el Rollo nº 119/11, en los que aparece como parte apelante, D. Guillermo, representado por la Procuradora de los tribunales, Dª. MARIA BLANCA LABARRA LOPEZ, y asistido por el Letrado D. JOSE ANTONIO DEL VALLE HERAN, y como parte apelada, D. Maximiliano, Dª Tatiana, representados por el Procuradora de los tribunales, D. SANTOS PASCUA DIAZ, y asistido por el Letrado D. FRANCISCO JAVIER LOZOYA ALGORA, sobre reclamación de Acción reivindicatoria y de deslinde.
Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.
En fecha 1 de septiembre de 2010 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que con desestimación de la demanda promovida por D. Guillermo, representado por el Procurador Sra, Labarra López Y ASISTIDA DEL Letrado SR. Javier Martínez Aguirre, contra D. Maximiliano y DÑA Tatiana representados por el Procurador Sra Pascua Díaz y asistida del Letrado Sr. Francisco Javier Lozoya Algora, debo absolver y absuelvo al demandado de todas las pretensiones contra el ejercitadas en el escrito de demanda. En materia de costas, se imponen al demandante.
Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de D. Guillermo se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la deliberación y fallo del mismo día de la fecha.
En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar sentencia.
Se recurre en apelación por doña Blanca Labarra López, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de don Guillermo la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia numero uno de Guadalajara, de fecha 16 de septiembre de 2010 aduciendo como motivos del recurso de apelación la incorrecta desestimación de la acción reivindicatoria basada en un aplicación errónea del articulo 348.2 del Código Civil y, en segundo lugar, la incorrecta desestimación de la acción de deslinde vulnerando lo dispuesto en los artículos 384 y siguientes del Código Civil . A dicho recurso se opone la parte demandada en su momento y ahora apelada, la cual sostiene la corrección de la sentencia dictada y que por ello, el recurso debe ser desestimado y, en consecuencia, confirmar la resolución recurrida. El presente recurso tiene su antecedente necesario en la demandad presentada por el apelante en la cual se ejercita la acción reivindicatoria y se acumula a la misma la acción de deslinde. La sentencia determina con claridad lo que es objeto de la contienda judicial y responde de forma adecuada a lo suscitado, comenzando por la acción de deslinde para posteriormente pronunciarse sobre la acción reivindicatoria entablada por el actor, estableciendo de forma correcta el orden de los pronunciamientos. Se apoya la sentencia de instancia en lo dicho por esta...
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