SAP Alicante 609/2011, 16 de Septiembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución609/2011
Fecha16 Septiembre 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

ALICANTE

PLZ. DEL AYUNTAMIENTO, nº 4-2ª planta

Tfno: 965.93.59.39-40

Fax: 965.93.59.51

NIG: 03014-37-1-2011-0004244

Procedimiento: Rollo apelación Abreviado Violencia de Género Nº 000328/2011-RAPIDO - Dimana del Juicio Oral - 000109/2011

Del JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 2 DE BENIDORM

Instructor Nº 5 DE BENIDORM

d. urg 41/11

Apelante Benjamín

Abogado DAVID SANCHEZ ARJONA Procurador M. DOLORES SUCH MUÑOZ SENTENCIA Nº 609/2011

ILTMOS. SRES.:

D. VICENTE MAGRO SERVET

D. JOSÉ ANTONIO DURÁ CARRILLO

D. ALBERTO FACORRO ALONSO

En la ciudad de Alicante, a Dieciséis de septiembre de 2011.

L a Sección Primera de la Audiencia Provincial de ALICANTE, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia nº 166, de fecha 12 de Abril de 2011 pronunciada por el/la Ilmo./a. Magistrado/a-Juez del JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 2 DE BENIDORM en el Juicio Oral - 109/2011, habiendo actuado como parte apelante Benjamín, representado por el Procurador Sr./a. SUCH MUÑOZ, M. DOLORES y dirigido por el Letrado Sr./a. SANCHEZ ARJONA, DAVID.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Son HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: En aras

a la brevedad se dan por reproducidos los hechos probados de la Sentencia de instancia.

Segundo

El FALLO de dicha Sentencia recurrida literalmente dice: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a Benjamín como autor penalmente responsable de un delito de quebrantamiento de condena del art. 468.2 del Código Penal a las penas de SEIS MESES DE PRISIÓN y la accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al pago de las costas procesales.".

Tercero

Contra dicha Sentencia, se formalizó ante el Organismo decisor, por la representación procesal de Benjamín el presente recurso de apelación.

Cuarto

Del escrito de formalización del recurso de apelación se dio traslado a las demás partes y cumplido este trámite fueron elevados los autos originales con los escritos presentados a este Tribunal de Apelación, y una vez examinados se señaló para la deliberación y votación de la Sentencia el día 15/9/11.

Quinto

En la sustanciación de ambas instancias del presente proceso se han observado todas las prescripciones legales procedentes.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ANTONIO DURÁ CARRILLO SE ACEPTA el Antecedente de HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El hecho objetivo del quebrantamiento de condena es pacifico y no se discute. Lo que alega

el recurrente es que se trató de un encuentro casual o fortuito, extremo que igualmente afirmó la mujer en el plenario y que no resulta refutado, a su decir, con lo observado por los agentes intervinientes.

SEGUNDO

El delito de quebrantamiento de condena o medida cautelar previsto en el artículo 468 del Código penal, precisa de un componente anímico en el dolo del autor, orientado hacia la voluntaria vulneración de la prohibición que implica la medida o pena impuesta, en este caso, la prohibición de acercarse a su mujer que recae sobre el imputado.

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