STSJ Canarias 1108/2011, 19 de Agosto de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1108/2011
Fecha19 Agosto 2011

En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de agosto de 2011.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dna. HUMBERTO GUADALUPE HERNANDEZ (Presidente), D./Dna. MARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ y D./Dna. IGNACIO DUCE SANCHEZ DE MOYA, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm.0000495/2011, interpuesto por D./Dna. María Inés, frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social No 9 de Las Palmas de Gran Canaria en los Autos No 0000325/2010 en reclamación de Despido, siendo Ponente el ILTMO./A. SR ./A. D./DNA.MARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D. /Dna. María Inés, en reclamación de Despido siendo demandado D. /Dna. FUNDACION CANARIA PARA EL DESARROLLO SOCIAL (FUNDESCAN) y FONDO DE GARANTIA SALARIAL y celebrado juicio y dictada Sentencia desestimatoria, el día 25 Junio 2010, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

En fecha 28 de septiembre de 2009, Dna. María Inés, como licenciada en psicología y la entidad Fundación Canaria para el Desarrollo Social, suscribieron contrato civil de arrendamiento o prestación de servicios, en cuya virtud, la Sra. María Inés prestaría sus servicios como técnico docente, conforme a las siguientes estipulaciones:

Impartición del área I. La interacción didáctica; Curso Metodología Didáctica subvencionado por el Servicio Canario de Empleo, desde el 28 de septiembre de 2009 hasta el 4 de noviembre de 2009.

48 horas de Curso-Acción Formativa, siguiendo el programa y materiales didácticos proporcionados por Fundescan y a colaborar en la distribución a los/as alumnos/as de los materiales preparados por Fundescan para el desarrollo adecuado del mismo.

El precio del contrato (hora de formación) está en función del número de alumnos que concluyeran el curso, garantizándose un mínimo de 30 euros/horas (9 alumnos finalizados o menos-30 euros/hora brutos).

El pago se efectuaría mediante presentación de factura, descontándose un 15 % de IRPF.

Se exigía alta en RETA.

La duración del contrato se vinculaba exclusivamente al desarrollo del citado curso.

La prestación del servicio se desarrolló en horario de 17:00 a 21:00 horas, de lunes a viernes.

La actora, previa aportación de factura, percibió 2.160 euros (brutos), 14 alumnos finalizados; 48 horas; valor hora: 45 euros.

Neto percibido: 1.836 euros.

SEGUNDO

Las obligaciones de los/as formadores/as (Cursos para Ocupados/as), eran las que siguen: Antes del inicio del curso. Asistir a la reunión inicial convocada 15 días antes aportando: aportando Currículum Vitae firmado con documentación acreditativa. Original y fotocopias.- Cerrar propuesta de cronograma.- Hoja de control del curso firmada (Aceptación de objetivos). Entregar 7 días antes del inicio: Programación semanal del módulo.- Inventario de Herramientas. Entregar las Pruebas de Evaluación de cada módulo (teoría, práctica, actitud) con los correspondientes criterios de calificación y plantilla de corrección.- Durante la acción formativa. Controlar la puntualidad de los/las alumnos/as.- Cumplir con el horario del curso.- Controlar las listas de asistencia (Faltas, firmas, justificaciones, ect).- Entregar, con 7 días de antelación, al/la Responsable del curso para que lo supervise el material a fotocopiar.- Realizar las Pruebas de Evaluación de cada módulo (teoría, práctica, actitud) y entregarlas al/la Responsable del curso. Registrándolos en el Modelo Acta de Calificación Parcial.- Entregar al/la Responsable del curso informado/a de lo que suceda en el aula.- Comunicar al/la Responsable cualquier cambio que se realice en la programación (formadores/as, módulos, ect.).- Comunicar al/la Responsable cualquier incidencia que imposibilite al/la formador/a impartir la clase.- Asistir a las reuniones de coordinación que sean convocadas por el/la Responsable del curso.- Responsabilizarse del contenido y de los medios didácticos utilizados (equipos dispositivos, instalaciones, herramientas, materiales, etc) durante la impartición de su módulo/curso.- Responsabilizarse del contenido de la carpeta Docente.- Al final del curso. Entregar el día de la finalización del módulo/curso las calificaciones de los/las alumnos/as. Registrándolos en el Modelo Acta de Calificación Parcial.- Si el contrato fuese mercantil, entregar al/la Responsable del curso la factura en el plazo máximo de 15 días después de la finalización del curso.

TERCERO

En fecha 29 de diciembre de 2009, Dna. María Inés, como licenciada en psicología y la entidad Fundación Canaria para el Desarrollo Social, suscribieron contrato civil de arrendamiento o prestación de servicios, en cuya virtud, la Sra. María Inés prestaría sus servicios como técnico docente, conforme a las siguientes estipulaciones:

Impartición del área 3. Diseno de Pruebas de Evaluación de Aprendizaje; Curso Metodología Didáctica subvencionado por el Servicio Canario de Empleo, desde el 22 de diciembre de 2009 a 12 de enero de 2010.

24 horas de Curso-Acción Formativa, siguiendo el programa y materiales didácticos proporcionados por Fundescan y a colaborar en la distribución a los/as alumnos/as de los materiales preparados por Fundescan para el desarrollo adecuado del mismo.

El precio del contrato (hora de formación) está en función del número de alumnos que concluyeran el curso, garantizándose un mínimo de 30 euros/horas (9 alumnos finalizados o menos-30 euros/hora brutos).

El pago se efectuaría mediante presentación de factura, descontándose un 15 % de IRPF.

Se exigía alta en RETA.

La duración del contrato se vinculaba exclusivamente al desarrollo del citado curso.

Las obligaciones de los formadores son las expuestas en el hecho segundo.

La prestación del servicio se desarrolló en horario de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.

La actora, presentó factura por importe de 1.152 euros (brutos), 17 alumnos finalizados; 24 horas; valor hora: 48 euros.

Neto facturado: 979,20 euros.

CUARTO

El horario de trabajo era fijado por la entidad demandada en función del número de alumnos por curso y la disponibilidad horaria de éstos.

Los cursos se impartían en instalaciones de la entidad Fundescan, quien aportaba todo el material e infraestructura precisa para su desarrollo.

El contenido genérico del curso era determinado por el Servicio Canario de Empleo, emitiéndose por la entidad Fundescan las pautas precisas.

La actora desarrollaba su actividad bajo la supervisión de la Técnico de la entidad demandada, Dna,

Mariola .

La actora, al igual que los alumnos, debía pasar control de firma justificativo de su asistencia. En caso de inasistencia, la actora debía justificar el motivo.

QUINTO

En fecha 12 de enero de 2010 la entidad demandada dio por extinguida la relación contractual, por finalización del contrato.

SEXTO

Conforme a Convenio Colectivo de la entidad Fundescan (BOC 15 de mayo de 2007 ), la actora ostentaría la categoría profesional de monitor 1, con un salario bruto anual de 24.008.95 euros. (salario día 65,77 euros).

SÉPTIMO

En fecha 17 de febrero de 2010 tuvo lugar el preceptivo acto de conciliación con el resultado de "sin avenencia".

TERCERO

El Fallo de la Sentencia de instancia literalmente dice: DESESTIMAR la demanda interpuesta por Dna. María Inés contra la entidad Fundación Canaria para el Desarrollo Social y FOGASA en materia de despido ABSOLVIENDO a las entidades demandadas de todas las pretensiones deducidas en su contra.

CUARTO

Que contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por la parte D. /Dna. María Inés, que no fue impugnado de contrario y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR