SAP Pontevedra 519/2011, 20 de Octubre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución519/2011
Fecha20 Octubre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00519/2011

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 619/11

Asunto: VERBAL 528/10

Procedencia: PRIMERA INSTANCIA NÚM. 1 CALDAS

LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, CONSTITUIDA EN TRIBUNAL UNIPERSONAL POR LA ILMA MAGISTRADA

Dª MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ

HA DICTADO

EN NOMBRE DEL REY

LA SIGUIENTE

SENTENCIA NUM.519

En Pontevedra a veinte de octubre de dos mil once.

Visto en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los autos de juicio verbal 528/10, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Caldas, a los que ha correspondido el Rollo núm. 619/11, en los que aparece como parte apelante-demandante: D. Elvira representado por el procurador D. MARGARITA PEREIRA RODRIGUEZ y asistido por el Letrado D. MARIA LARIÑO NOIA, y como parte apelado- demandado: D. Leovigildo, no personado en esta alzada y ALLIANZ COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS SA, representado por el Procurador D. DAVID GARCIA SEXTO, y asistido por el Letrado D. JULIO BARTOLOME LOPEZ REGUEIRO, sobre daños, y siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Caldas, con fecha 28 diciembre 2010, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:

"ACORDO ACOLLER PARCIALMENTE a demanda presentada pola procuradora dos tribunais Dª Margarita Pereira Rodríguez, en nombre y representación de Dª Elvira, contra D. Leovigildo e a compañía de seguros "Allianz" e CONDENO a estes últimos a que indemnicen de xeito conxunto e solidario á demandante na contía de 2.624,27 euros máilos xuros legais correspondentes de conformidad co disposto no fundamento xurídico terceiro da presente resolución.

Cada parte aboará as súas propias custas e as comúns por metade."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por Dª Elvira, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a esta Sala para la resolución de este recurso. TERCERO.- En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En virtud del precedente Recurso por la apelante Dª Elvira se pretende la revocación parcial de la Sentencia dictada en los autos de Juicio Verbal nº 528/10 por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Caldas de Reis que no estimó íntegramente su demanda en reclamación de indemnización por lesiones en accidente de tráfico. Argumenta a su favor que los días de curación deben ser reconocidos como impeditivos puesto que estuvo incapacitada para sus ocupaciones habituales, precisando ayuda para su curación puesto que sufrió traumatismo raquídeo, contractual de trapecios y esguince lumbar con collarín, precisando rehabilitación, a lo que habría de reconocérsele el 10% de perjuicio económico. En segundo lugar, solicita le sean reconocidos los gastos de taxi cuando su vehículo con motivo del accidente tuvo daños y hubo de ser reparado, y como quiera que vivía sola en una aldea del Concello de Moraña sin línea directa de autobuses, siendo el único centro rehabilitador más cercano el de Caldas que ha sido el que acudió pese a que también resulta denegado en la instancia por considerar que debía haberlo hecho así.

Allianz S.A. y D. Leovigildo se oponen al recurso solicitando la confirmación de la sentencia por falta de prueba de lo reclamado.

SEGUNDO

De los días de incapacidad.- La juzgadora a quo consideró incumplida la carga de la prueba que a la actora incumbía respecto del carácter impeditivo para sus ocupaciones habituales de los días 65 que tardó en curar según la que le incumbía en los términos del art. 217 de la LEC .

La actora acompañaba con la demanda un parte del Sanatorio Domínguez por accidente de tráfico ocurrido el 16 de enero de 2010 en el que sufrió traumatismo raquídeo, contractura de trapecios y esguince lumbar según resultando de RX simples, dinámicas cervicales, tac cervical y lumbar, tratándosela con analgesia y rehabilitación. Portó collarín cervical.

Pues bien, aun cuando efectivamente pudo haberse apurado un poco más la prueba por la parte actora, sin embargo ateniéndonos al contenido...

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