STSJ Extremadura 239/2011, 28 de Octubre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución239/2011
Fecha28 Octubre 2011

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD

CACERES

SENTENCIA: 00239/2011

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 239

PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY

MAGISTRADOS

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS

En Cáceres a VEINTIOCHO de OCTUBRE de DOS MIL ONCE.

Visto el recurso de apelación nº 176 de 2011, interpuesto por el Procuradora DOÑA MARÍA TERESA HERNÁNDEZ CASTRO en nombre y representación del apelante DON Erasmo, contra la sentencia nº 67 de fecha 31.03.2011 dictada en el recurso contencioso- administrativo nº 150/2010, tramitado en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de CÁCERES, a instancias de DON Erasmo contra AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DE ALCANTARA y DON Francisco, sobre: Urbanismo. Se fijó en indeterminada la cuantía del proceso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cáceres se remitió a esta Sala recurso contencioso- administrativo nº 150/2010 seguido a instancias de DON Erasmo sobre Urbanismo. Procedimiento que concluyó por Sentencia del Juzgado nº 67 de fecha 31.03.2011 .

SEGUNDO

Notificada la anterior resolución a las partes intervinientes se interpuso recurso de apelación por DON Erasmo, dando traslado a AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DE ALCANTARA y DON Francisco, aduciendo los motivos y fundamentos que tuvo por conveniente.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a la Sala se formó el presente rollo de apelación en el que se acordó admitir a trámite el presente recurso de apelación, que se declara concluso para sentencia, con citación de las partes.

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.-Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. ª ELENA MÉNDEZ CANSECO, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandante formula recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cáceres, de fecha 31 de marzo de 2011, que desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución desestimatoria presunta de la petición de recuperación de oficio de un bien de dominio público formulada ante el Excmo. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara con fecha 19 de noviembre de 2009, interesando se declare la ocupación ilegal de parte de la vía pública Camino de la Sierra, localidad de Las y se decrete la obligación del Ayuntamiento de iniciar expediente de recuperación de oficio de parte de la vía pública ocupada. La sentencia dictada entendió que no era procedente la estimación de la demanda tanto por falta de prueba como por no ser posible en el presente procedimiento fijar la condena solicitada. La parte actora en su escrito de apelación reitera la argumentación expuesta en la primera instancia jurisdiccional.

SEGUNDO

La pretensión ejercitada en la demanda se basa en el hecho -según expone el actor- de la invasión de terrenos de dominio público por parte de una nueva construcción. Ello que motiva ante la falta de ejercicio de acciones por parte del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara que el demandante invoque el artículo 68 de la Ley de Bases del Régimen Local y solicite del Tribunal que declare la ocupación de parte de la vía pública por la construcción denunciada y se decrete la obligación de la Corporación de iniciar de oficio el expediente de recuperación. En consecuencia, la acción de los actores se dirige a la reintegración y defensa del patrimonio municipal del Ayuntamiento...

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