SAP Asturias 390/2011, 28 de Octubre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución390/2011
Fecha28 Octubre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

OVIEDO

SENTENCIA: 00390/2011

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN (LECN) 0000410 /2011

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ SEIJO

DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO

DON JOSÉ LUIS CASERO ALONSO

En OVIEDO, a veintiocho de Octubre de dos mil once.

VISTOS, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Modificación de Medidas nº 549/10, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº3 de Avilés, Rollo de Apelación nº 410/11, entre partes, como apelante, demandante y reconvenido DON Eugenio, representado por la Procuradora Doña María del Pilar Lozano Santos y bajo la dirección de la Letrado Doña María del Carmen Abascal Aznar, y como apelados, demandados y reconvinientes DOÑA Aida Y DON Millán, representados por la Procuradora Doña María José Pérez Álvarez del Vayo y bajo la dirección de la Letrado Doña Paloma Rodrigo Vila.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Avilés dictó Sentencia en los autos referidos con fecha veintisiete de abril de dos mil once, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que DESESTIMANDO la demanda de modificación de medidas definitivas formulada por D. Eugenio frente a Dña. Aida y D. Millán, debo absolver y ABSUELVO a los demandados de los pedimentos frente a ellos formulados de contrario.

Que DESESTIMANDO la demanda reconvencional de modificación de medidas definitivas formulada por Dña Aida y D. Millán frente a D. Eugenio, debo absolver y ABSUELVO al demandado de los pedimentos frente a éste formulados de contrario.

No procede efectuar pronunciamiento sobre imposición de costas."

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por Don Eugenio y previos los traslados ordenados en el art. 461 de la L.E.C ., se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente la Ilma. Sra. DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por el actor Don Eugenio se promovió modificación de medidas definitivas frente a Doña Aida y a Don Millán solicitando se dicte sentencia en la que se declare extinguida la pensión de alimentos fijada en su día a cargo del actor y en beneficio del hijo Don Millán, en la actualidad mayor de edad e independiente de sus progenitores. A la pretensión actora se opusieron los demandados, quienes a su vez formularon reconvención solicitando que la pensión alimenticia a favor del hijo y a cargo del padre sea incrementada, fijándose la cuantía de la misma en 300 # mensuales o, subsidiariamente, se establezca que dicha pensión debe superar el 20% de los ingresos del padre, que es la suma establecida en la sentencia de divorcio, considerando que el porcentaje adecuado debe ser el 35%. Asimismo se solicita que se establezca que ambos progenitores deben abonar al 50% los...

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