SAP Málaga 214/2007, 19 de Abril de 2007
Ponente | JOAQUIN IGNACIO DELGADO BAENA |
ECLI | ES:APMA:2007:1463 |
Número de Recurso | 104/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 214/2007 |
Fecha de Resolución | 19 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª |
S E N T E N C I A Nº 214
AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA
SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA
PRESIDENTE ILMO. SR.
D.MANUEL TORRES VELA
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D.JOAQUIN DELGADO BAENA
D.MELCHOR HERNANDEZ CALVO
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZG. DE 1ª INSTANCIA Nº 3 DE TORREMOLINOS
ROLLO DE APELACIÓN Nº 104/2007
JUICIO Nº 223/2006
En la Ciudad de Málaga a diecinueve de abril de dos mil siete.
Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio verbal seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Narciso y Ana María que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. GOMEZ TIENDA, ANA Mª y defendido por el Letrado D. ORTEGA LUPIAÑEZ, MARIA PALMA. Es parte recurrida ARRENDAMIENTOS ROSMAR S.L. y Carlos Daniel que está representado por el Procurador D. FRANCISCO IBAÑEZ CARRION y defendido por el Letrado D. MARTINEZ RUIZ, CARLOS SAMUEL, que en la instancia ha litigado como parte demandada.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 3/10/06, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que debo desestimar y desestimo la demanda de juicio verbal de tutela sumaria de la posesion promovida por DON Narciso y DOÑA Ana María contra ARRENDAMIENTOS ROSMAR S.L. y DON Carlos Daniel, por los motivos expuestos en el FUNDAMENTO DE DERECHO PRIMERO de la presente resolucion, imponiendo a los actores las costas procesales causadas".
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 18/4/07, quedando visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN DELGADO BAENA quien expresa el parecer del Tribunal.
Por la representación procesal de D. Narciso y Dª. Ana María, que comparecen en calidad de apelantes, se alega que efectivamente se ha producido una perturbación de la posesión con el levantamiento del muro, que ha privado de luz al salón de los demandantes, no siendo correcto como manifiesta la sentencia que se debe acudir a un procedimiento ordinario para determinar la existencia de una servidumbre de luces y vistas. Por lo que solicita se revoque la sentencia recurrida y se dicte otra nueva por la que se acceda a lo solicitado.
Por la representación procesal de la entidad Mercantil Arrendamientos Rosmar S.L. y D. Carlos Daniel, se presentó escrito de oposición al recurso planteado, impugnando todas las alegaciones realizadas de contrario y solicitando la confirmación de la sentencia dictada por entender que la misma es ajustada a derecho.
Para resolver la cuestión planteada ha de tenerse en cuenta que nos encotramos ante un procedimiento sumario, con precedentes remotos en la "operis novi nuntiatio". Es un medio legal para amparar la propiedad, la posesión o cualquier otro derecho real, que puedan ser afectados por la realización de una obra nueva que causa perjuicio o posibilidad de perjuicio, con el fin de recobrar la posesión y para mantener un estado de hecho que, de alterarse, podría frustrar el éxito de un futuro procedimiento donde con la amplitud de conocimiento, prueba y decisión que caracteriza a los juicios declarativos, se decidiría sobre el...
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