SAP Murcia 314/2011, 28 de Noviembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución314/2011
Fecha28 Noviembre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

CARTAGENA

SENTENCIA: 00314/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCION QUINTA

SENTENCIA n· 314

En Cartagena, a 28 de noviembre de 2011.

El Ilmo. Sr. Don Fernando Fernández Espinar López, Magistrado de la Audiencia Provincial de Murcia, Sección de Cartagena, ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones de orden penal, Rollo Número 153/11, dimanante del Juicio de Faltas Número 1182/10, tramitado en el Juzgado de Instrucción número 5 de Cartagena por falta de lesiones por imprudencia, en el que han sido partes como denunciante Ángel Daniel, asistido de la Letrada Sra. Casanova Infesta, como denunciado Armando, y como responsable civil directo la Cía Aseguradora MUTUA GENERAL DE SEGUROS, asistida del Letrado Sr. Macanás Muñoz, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte denunciante, contra la sentencia de fecha 16 de junio de 2011, dictada en el referido Juicio de Faltas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el juzgado de instrucción número 5 de Cartagena, se dictó con fecha 16 de junio de 2011, sentencia seguida en juicio de faltas 1182/10, siendo hechos declarados probados: " el día 27 de julio de 2010, sobre las 19:15 horas, se produjo un accidente de tráfico en la carretera de entrada a La Unión, entre el vehículo Volkswagen Golf, matrícula ....-FRF, conducido por Hipolito, y el camión DAF XF 40, matrícula 0546-BWG, conducido por Armando, propiedad de la empresa Triturados Fuente Alamo, y asegurado en la entidad Mutua General de Seguros. Que el accidente se debió a la conducta imprudente del conductor del camión, el cual no respetó las normas de circulación y omitió la diligencia exigida a todo conductor, colisionando contra la parte trasera derecha del turismo. No se ha acreditado que Ángel Daniel fuera de ocupante en el primer vehículo."

En la misma se absuelve al denunciado de la falta de imprudencia, con declaración de las costas de oficio. Asimismo se ordena la deducción de testimonios por los indicios delictivos apreciados en las declaraciones de denunciante y testigos por él presentados.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte denunciante, aportando prueba documental, elevándose con posterioridad los autos a la Audiencia Provincial para su resolución.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

UNICO.- Se acepta el antecedente de hechos probados de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicita la parte recurrente la condena en esta vía penal de la parte denunciada en los hechos sucedidos y enjuiciados, aduciendo, según se deduce del escrito de apelación, como motivo de dicha impugnación, el pretendido error en la valoración de la prueba, habiendo resultado el denunciado absuelto en la sentencia recurrida, y cuya convicción ha sido alcanzada por el juzgador, en virtud de la prueba de carácter personal, junto con la documental consistente en declaración amistosa de accidente y documentación médica - a la cual debe adicionarse la aportada junto con el escrito de recurso-, las cuales carecen de virtualidad objetiva necesaria para acreditar que el denunciante se encontraba en el interior del vehículo en el momento del accidente, no teniendo dicha...

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