STSJ Comunidad de Madrid 502/2007, 14 de Mayo de 2007

PonenteMARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ RODRIGO
ECLIES:TSJM:2007:9170
Número de Recurso421/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución502/2007
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8

MADRID

SENTENCIA: 00502/2007

SENTENCIA nº 502

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE:

DÑA. INES HUERTA GARICANO

MAGISTRADOS:

D. MIGUEL ANGEL VEGAS VALIENTE

DÑA. CARMEN RODRIGUEZ RODRIGO

__________________________________________

En Madrid, a catorce de mayo de dos mil siete.

Visto por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el Recurso Contencioso-Administrativo nº 421/2004, interpuesto por el Procurador de los Tribunales, D. Carlos Andreu Socias, en nombre y representación de EL CORTE INGLES, S.A., contra la resolución de fecha 21 de enero de 2003, dictada por la Oficina Española de Patentes y Marcas (O.E.P.M.), que estima el Recurso de Alzada interpuesto contra anterior resolución de 7 de abril de 2003 y se deniega la Marca nº 2.493.552 "RIBA", denominativa para servicios comprendidos en la clase 43 del Nomenclator Internacional de Marcas.

Siendo parte demandada la Administración General del Estado representada y defendida por el Abogado del Estado y habiendo comparecido como codemandadas el Procurador de los Tribunales D. Eduardo Moya Gómez, en nombre y representación de PRODUCTOS RIBA, S.A. y la Procuradora de los Tribunales Dña. Mª Luisa Sánchez Quero, en nombre y representación de la entidad DE LA RIVA, S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito, en el que suplica se dicte Sentencia por la que, estimando el recurso, se revoque el acuerdo recurrido y se dicte otra resolución por la que se conceda la Marca nº 2.493.552 "RIBA", denominativa en clase 43.

SEGUNDO

El Abogado del Estado y la representación de las codemandadas contestaron a la demanda, mediante escritos en los que suplicaron se dicte Sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el pleito a prueba, y si evacuado el trámite de conclusiones prevenido por la Ley, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para votación y fallo del presente proceso se señaló la audiencia del día veintisiete de marzo de dos mil siete, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada de la Sección ILTMA. SRA. DÑA. CARMEN RODRIGUEZ RODRIGO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Según consta en el expediente administrativo y se recoge en las actuaciones del recurso jurisdiccional, El Corte Inglés, S.A., solicitó con fecha 29 de julio de 2002 ante la Oficina Española de Patentes y Marcas la inscripción de una Marca denominativa "RIBA", a la que correspondió el número de registro 2.493.552, para servicios comprendidos en la clase 43 del Nomenclator "servicios de restauración, alimentación y hospedaje temporal".

Esta solicitud fue objeto de oposición por la entidad Productos RIBA, S.A., con base en la titularidad prioritaria de su Marca nº 140.991 "RIBA", denominativa, en clases 1, 2, 3, 29, 30, 31 y 35 del Nomenclator, así como de otras Marcas mixtas y Rótulo comercial que incluye la denominación "RIBA", y también fue objeto de oposición por la entidad De la Riva, S.A., con base en la titularidad prioritaria de su Marca nº 2.390.859 "DE LA RIVA", para servicios comprendidos en la clase 42 del Nomenclator "servicios propios de un restaurante".

La Oficina Española de Patentes y Marcas suspendió provisionalmente la tramitación del expediente y efectuadas por el suspenso las alegaciones que tuvo por conveniente, dictó resolución el 7 de abril de 2003 concediendo la Marca solicitada por diferir en su conjunto con las marcas oponentes; criterio que no ratificó al estimar el Recurso de Alzada interpuesto por las mercantiles oponentes y denegar la marca solicitada, mediante la resolución dictada el 21 de enero de 2003 y que constituye el acto administrativo impugnado en el presente recurso.

Pretende la entidad solicitante y aquí recurrente la nulidad de la expresada resolución, por estimar que es contraria a Derecho, aduciendo, en apoyo de su pretensión, y en esencia, las siguientes alegaciones:

desde el 27 de septiembre de 1999, solicitó en la Oficina Española de Patentes y Marcas y tiene concedida la denominación "RIBA", en las 42 clases del Nomenclator, estando en vigor las Marcas nº 2.259.593, 2.259.594, 2.259.595, 2.259.596, 2.259.597, 2.259.598, 2.259.599, 2.259.600, 2.259.601, 2.259.602, 2.259.604, 2.259.609, 2.259.610, 2.259.614, 2.259.615, conforme acredita con los documentos 1 a 16 de la demanda;

para los servicios de restauración y...

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