STSJ Castilla y León 280/2011, 31 de Enero de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 280/2011 |
Fecha | 31 Enero 2011 |
T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD
VALLADOLID
SENTENCIA: 00280/2011
T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD
001
N56820
C/ ANGUSTIAS S/N
N.I.G: 47186 33 3 2010 0101748
Procedimiento: RECURSO DE APELACION 0000460 /2010 Dimanante del Procedimiento ordinario nº 79/09 JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚMERO TRES DE VALLADOLID
Sobre ADMINISTRACION DEL ESTADO
De SUBDELEGACIÓN DE GOBIERNO
Letrado: ABOGADO DEL ESTADO
Procurador:
Contra D. Porfirio
Letrado: EDUARDO JOSE CURIEL LOPEZ DE ARCAUTE
Procurador :
SENTENCIA Nº 280
PRESIDENTE DE SECCIÓN:
DOÑA ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA
MAGISTRADOS:
DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ
DON RAMÓN SASTRE LEGIDO
En Valladolid, a treinta y uno de enero de dos mil once
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de 12 de abril de 2010 dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 3 de Valladolid en el Procedimiento Ordinario nº 79/09 .
Son partes en dicho recurso: Como apelante: LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y dirigida por la Abogacía del Estado.
Como apelada: DON Porfirio, representado y defendido en la instancia por el Letrado Sr. Curiel López de Arcaute.
Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA.
Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Valladolid se dictó sentencia en el P.O. antes indicado, cuya parte dispositiva dice: "Que estimando el presente recurso contenciosoadministrativo interpuesto por el Letrado Sr. Curiel López de Arcaute, en representación de D. Porfirio, frente a la resolución dictada en fecha 15 de abril de 2009 de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid, por la que se desestimaba el recurso de reposición frente a la resolución de la misma Subdelegación de fecha 14 de enero de 2009, que acordaba la denegación de la licencia de armas tipo "E" al recurrente, debo declarar y declaro no ajustada a Derecho la resolución recurrida, dejando sin efecto la misma con todos los efectos inherentes a esta declaración, debiendo la Administración demandada dictar resolución conforme a esta sentencia. Todo ello sin que proceda hacer una especial condena en costas".
Contra la anterior sentencia se ha interpuesto por la Abogacía del Estado recurso de apelación solicitando el dictado de una sentencia por la que se revoque la sentencia apelada y se desestima el recurso contencioso-administrativo.
La representación procesal de la parte apelada se opuso a dicho recurso de apelación solicitando una sentencia desestimatoria con imposición de las costas a la parte recurrente.
Elevados los autos y el expediente administrativo a la Sala, por providencia se acordó la formación y registro del presente rollo de apelación; no admitiéndose el recibimiento del pleito a prueba, ni la celebración de vista o presentación de conclusiones, se declaró el pleito concluso para sentencia, señalándose para votación y fallo el día 25 de enero del año en curso.
Es objeto del presente recurso de apelación la sentencia de 12 de abril de 2010 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 3 de Valladolid en el P.O. núm .: 79/09, por la que, estimando el recurso contencioso- administrativo interpuesto por la representación de don Porfirio, se anula la resolución de 15 de abril de 2009 de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid, dictada por delegación del Delegado del Gobierno...
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