STSJ Comunidad de Madrid 15/2011, 19 de Enero de 2011

PonenteINES MARIA HUERTA GARICANO
ECLIES:TSJM:2011:104
Número de Recurso985/2009
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución15/2011
Fecha de Resolución19 de Enero de 2011
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 15

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

Ilmos. Sres.

Presidente

Dña. Inés Huerta Garicano

Magistrados

D. Miguel Angel Vegas Valiente

D. Gregorio del Portillo García

En la Villa de Madrid a diecinueve de enero de dos mil once

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso- administrativo nº 985/09, interpuesto -en escrito presentado el día 12 de noviembre de 2009- por el Procurador D. Luis Pidal Allendesalazar, actuando en nombre y representación de Dña. Florinda y Dña. Sacramento, contra la desestimación presunta de la reclamación de responsabilidad patrimonial deducid -escrito presentado el 8 de mayo de 2009- en relación con el fallecimiento de D. Jesus Miguel, padre de las actoras, acecido el 4 de diciembre de 2008.

Ha sido parte demandada la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM), representada y defendida por un Letrado de sus Servicios Jurídicos, habiéndose personado como codemandadas "QBE INSURANCE (EUROPE), LIMITED, representada por el Procurador D. FRANCISCO Abajo Abril.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia por la que se anulase la Resolución impugnada, y, previa declaración de responsabilidad patrimonial de la Administración, se la condenara al abono de una indemnización de 180.000 #.

SEGUNDO

La representación procesal de la CAM instó la desestimación del recurso, sin que la demandada evacuara dicho tramite dado que se personó una vez se había recibido ya el pleito a prueba.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, y formulados escritos de conclusiones por las tres partes, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para deliberación, votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 18 de enero de 2011, teniendo lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, habiendo quedado fijada la cuantía del pleito en 180.000 #.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación. Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso se concreta en determinar si el fallecimiento del padre de las actoras, de 78 años de edad, acecido el 3 de diciembre de 2008 por causas que se desconocen y cuando el 3 de noviembre de dicho año había sido incluido en Lista de Espera Quirúrgica para sustitución valvular aórtica, es imputable a la falta de abordaje inmediato de la dolencia cardiaca que padecía.

La actora, en una demanda en la que se limita a relatar los hechos y cuantificar la indemnización, sin justificación de clase alguna de su importe -con una fundamentación jurídica limitada a transcribir parcialmente diversas Sentencias del Tribunal Supremo- funda su reclamación en la supuesta demora en el abordaje quirúrgico del padecimiento del fallecido, aportando como justificación técnica de tal afirmación un Informe Pericial elaborado por Médico especialista en Medicina Legal y Forense, en el que sin justificar la causa de la muerte, llega a la conclusión, a la vista de sus antecedentes clínicos, de " que el paciente fallece con fecha3 de diciembre de 2008 por su patología cardíaca, sin haber recibido el abordaje quirúrgico imprescindible para su supervivencia, dicho abordaje en todo caso debería haber sido preferente".

Como datos acreditados en el expediente administrativo constan los siguientes de interés para la resolución de este pleito: 1) El padre de las actoras, el 24 de octubre de 2008 acudió al Servicio de Urgencias del Hospital Gregorio Marañón por presentar disnea y dolor torácico, por indicación de su Médico de Atención Primaria. Como antecedentes constan: angina inestable en 1989. Asintomático para angina o clínica de insuficiencia cardíaca desde entonces. Se efectúa ecocardiograma y coronariografía y presentado el caso en sesión médico quirúrgica, se decide sustitución valvular aórtica. Dada su estabilidad clínica, el 30 de del mismo mes y año se le da de alta con los diagnósticos de estenosis aórtica severa sintomática por disnea de esfuerzo. Disfunción sistólica severa de ventrílocuo izquierdo. Déficit de Antitrombina III. HTA. Dislipemia, quedando pendiente de ser avisado telefónicamente. El paciente falleció el 3 de diciembre, sin constar en ningún documento la causa de la muerte; 2) En el Informe de la Inspección Médica se dice textualmente: " Es imposible valorar una posible relación causal entre la asistencia prestada ....y el fallecimiento del...

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