STSJ La Rioja 17/2011, 18 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución17/2011
Fecha18 Enero 2011

T.S.J.LA RIOJA SALA CON/AD

LOGROÑO

SENTENCIA: 00017/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA RIOJA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Rec. Apelación nº: 137/2010

Ilustrísimos señores:

Presidente:

Don Jesús Miguel Escanilla Pallás

Magistrados:

Don Luis Loma Osorio Faurie

Doña Elena Crespo Arce

SENTENCIA Nº 17/2011

En la ciudad de Logroño a 18 de enero de 2011

Vistos los autos correspondientes al RECURSO DE APELACIÓN sustanciado ante esta Sala bajo el nº 137/2010, a instancia de ENAGAS S.A, representado por la Procuradora Doña Teresa Zuazo Cereceda y defendido por el letrado Sr. Piqueras Bastida y siendo demandado el AYUNTAMIENTO DE EL VILLAR DE ARNEDO, representado por la Procuradora Doña Estela Muro Leza y defendido por el letrado D. José Moreno Vera, contra la sentencia nº 212/2010 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Logroño .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño dictó en su recurso P.O. 87/2010

sentencia nº 212/2010, en la que recayó el fallo del siguiente tenor literal: "Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso- administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales, Sra. Zuazo Cereceda, en nombre y representación de la mercantil ENAGAS S.A., frente a la desestimación del recurso de reposición interpuesto frente a la liquidación definitiva girada por concepto de ICIO y licencia de obras, que se confirman por ser ajustadas a derecho. Sin costas.".

SEGUNDO

Contra la misma interpuso recurso de apelación la representación de la parte recurrente.

TERCERO

Admitido a trámite dicho recurso de apelación y formulado escrito de oposición al mismo por la representación de la parte recurrida, fueron elevados los autos junto con el expediente administrativo a esta Sala.

CUARTO

No habiéndose solicitado la práctica de prueba, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 18 de enero de 2011, en que al efecto se reunió la Sala.

QUINTO

Se han observado las prescripciones legales. VISTOS. Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús Miguel Escanilla Pallás.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte apelante solicita la revocación de la sentencia y que se dicte otra por la que y en

su día se dicte sentencia por la que, estimando el presente recurso se:

  1. -Declare nula la Liquidación Complementaria dictada por el Ayuntamiento de El Villar de Arnedo (La Rioja) practicada por concepto de Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por un importe de 758.406,00 euros y que toma como base Imponible un total de 29.367.750,00 euros.

  2. -En su virtud, se eleve a definitiva la liquidación provisional practicada por Resolución de Alcaldía, Registro salida N° 23/09, y pagada en el mes de febrero de 2009 por un importe de 122.626,50 euros, que toma como base que toma como base un importe de 4.087.550 euros, que comprende el Importe total de las partidas de Obra Civil (2.490.000,00 euros) y el Montaje de los Equipos, Tuberías y Accesorios (1.597.550,00 euros).

  3. -Se condene en costas al Ayuntamiento de Villar de Arnedo demandado, así como al pago de los costes de constitución y mantenimiento de aval entregado como garantía junto con los intereses de dichos costes desde la fecha de su constitución hasta su devolución por el Ayuntamiento de Villar de Arnedo.

La parte apelante alega los siguientes motivos de impugnación: 1º Se declare que la realización de la Estación de Gas Natural de El Villar de Arnedo no está dentro del hecho imponible del ICIO y 2º para el supuesto de no estimarse el anterior motivo, debe excluirse de la base imponible del ICIO el coste de la maquinaria e instalaciones mecánicas-salvo su instalación- que por sí mismas no necesitan licencia urbanística, así como la partida de Seguridad e Higiene.

SEGUNDO

Es necesario enumerar con carácter previo al análisis de los motivos de impugnación planteados por el recurrente los siguientes antecedentes para una mejor comprensión de las cuestiones debatidas:

  1. Se giró por el Ayuntamiento de El Villar de Arnedo tras la concesión de la licencia, liquidación provisional por el ICIO por un importe de 122.626,50 euros que fueron abonados por la mercantil el 29 de enero de 2009.

  2. Con fecha 26 de octubre de 2009 se le requiere por el Ayuntamiento demandado la presentación del Presupuesto completo de Obra Civil, Instalaciones y Equipos de la Estación entre otras partidas, siendo cumplimentado por la mercantil ENAGAS el Proyecto Completo en el que constaba el Presupuesto total por importe de 30.582.150 euros estando compuesto de las siguientes partidas:

    Capítulo I: Obra Civil(490.000 ),Capítulo II: Equipos y Tuberías (24.821.950 #)Capítulo III Electricidad(958.800 #)Capítulo VI: Instrumentación y Control(1.097.000 #),Capitulo V: Varios(1.214.400 # incluye Ingeniería y Supervisión obra, Instrumentos de Panel, Control e Inspección y Estudio de Seguridad y Salud.).

  3. Con fecha 25 de noviembre de 2009...

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