SAP Ávila 18/2011, 27 de Enero de 2011

PonenteMIGUEL ANGEL CALLEJO SANCHEZ
ECLIES:APAV:2011:35
Número de Recurso3/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución18/2011
Fecha de Resolución27 de Enero de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Ávila, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

AVILA

SENTENCIA: 00018/2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

AVILA

Este Tribunal compuesto por los Señores Magistrados que se expresan al margen, ha pronunciado EN NO MBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A N Ú M: 18/2011

SEÑORES DEL TRIBUNAL

ILUSTRÍSIMOS SRES.

PRESIDENTA

DOÑA MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ DUPLÁ

MAGISTRADOS

DON JESÚS GARCÍA GARCÍA

DON MIGUEL ÁNGEL CALLEJO SÁNCHEZ

En la ciudad de Ávila, a 27 de Enero de dos mil once.

Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de Juicio Verbal 133/10, seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA núm. 4 DE AVILA, RECURSO DE APELACIÓN Nº 3/2011, entre partes, de una como recurrente EL AYUNTAMIENTO DE NAVALUENGA, representado por la Procuradora Dª Elisenda, dirigido por el Letrado D. GREGORIO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, y de otra como recurrida Dª. María del Pilar, representada por la Procuradora Dª. MARÍA MERCEDES RODRÍGUEZ GÓMEZ y dirigida por el Letrado D. ILDEFONSO RAMIRO VALDERRAMA

Actúa como Ponente, el Iltmo. Sr. DON MIGUEL ÁNGEL CALLEJO SÁNCHEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚM. 4 DE AVILA, se dictó sentencia de fecha 11 de OCTUBRE de 2010, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que desestimando la demanda presentada por el Ayuntamiento de Navaluenga, representado por la Procuradora Dª. Elisenda y defendido por el Letrado

D. Gregorio Hernández Sánchez, contra Dª. María del Pilar representado por la Procuradora Dª. Mercedes Rodríguez Gómez y defendido por el Letrado D. Ildefonso Ramiro Valderrama, absuelvo de la misma a la parte demandada, confirmando íntegramente la tasación de costas practicada por la Sra. Secretaria Judicial en autos de Juicio Ordinario núm. 746/2.008 seguidos en este Juzgado, con expresa condena en costas a la parte impugnante".

SEGUNDO

Contra mencionada resolución interpuso el Ayuntamiento de Navaluenga el presente recurso de apelación, que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, no habiéndose celebrado vista pública ni práctica de prueba, quedó el procedimiento para deliberación, votación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por el Ayuntamiento de Navaluenga se interpuso recurso de apelación contra la Sentencia de fecha 11 de Octubre de 2010 del Juzgado de 1ª Instancia núm. 4 de Avila alegando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR