SAP Soria 177/2011, 3 de Noviembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución177/2011
Fecha03 Noviembre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SORIA

SENTENCIA: 00177/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SORIA

ROLLO APELACION CIVIL: RECURSO DE APELACION (LECN) 1072/11

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION DE ALMAZAN

Procedimiento de origen : Juicio Verbal nº 296/10

SENTENCIA CIVIL Nº 177/2011

En Soria, a tres de noviembre de dos mil once.

El Magistrado Unipersonal de esta Audiencia Provincial de Soria, D. José Luis Rodríguez Greciano,ha visto el recurso de apelación civil arriba indicado, dimanante de los Autos de Juicio Verbal 296/10, contra la sentencia dictada por el JDO.1A.INST.E INSTRUCCIÓN DE ALMAZAN, siendo partes:

Como apelante y demandante AUTOVIA MEDINACELI-CALATAYUD, SOCIEDAD CONCESIONARIA DEL ESTADO S.A. representado por el Procurador Sr. Muñoz Muñoz, y asistido por el Letrado Sra. Casero López.

Y como apelado y demandado MUTUA MADRILEÑA representado por el Procurador Sr. San Juan Pérez y asistido por el Letrado Sr. Plaza Almazán.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha de 21 de septiembre del 2010 se presentó en el Juzgado de Primera Instancia de Almazán demanda promovida por el Procurador Sr. Ángel Muñoz Muñoz, en nombre y representación de Autovía de Medinaceli-Calatayud, sociedad concesionaria del Estado sociedad anónima, de reclamación de cantidad frente a la Mutua Madrileña, y en concreto, de la cantidad de 1.829,95 euros. Siendo acordado por el Juzgado de Primera Instancia de Almazán en fecha de 26 de enero del 2011, la admisión a trámite de dicha demanda y la convocatoria de las partes a la celebración del acto de la vista.

SEGUNDO

En fecha de 10 de marzo del 2011 se celebró el acto de la vista, compareciendo las partes, practicándose las oportunas pruebas, y quedando los autos vistos para sentencia.

TERCERO

En fecha de 14 de marzo del 2011 se dictó sentencia por el Juzgado de Primera Instancia de Almazán en el que se contenía el siguiente fallo: "estimo en parte la demanda formulada por el Procurador Sr. Ángel Muñoz Muñoz, en nombre y representación de autovía de Medinaceli-Calatayud, sociedad concesionaria del Estado (Aumecsa) y condeno a la entidad demandada Mutua Madrileña a que abone a la parte actora la cantidad de 519,40 euros más los intereses legales devengados desde la fecha de esta resolución y hasta su completo pago. Sin expresa condena en costas".

CUARTO

Contra esta resolución se anunció y posteriormente se interpuso recurso de Apelación por la entidad actora, siendo impugnado por la parte demandada, y siendo remitidos los autos a esta Audiencia en fecha de 28 de octubre del 2011, quedando desde entonces pendiente de resolución. Habiéndose dictado en el citado día resolución por esta Sala designando Magistrado unipersonal ponente. Y observándose en la tramitación de este recurso las prescripciones legales oportunas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso considera que ha existido una errónea valoración de la prueba, considerando que debe ser indemnizado, no ya sólo los daños materiales producidos por el vehículo, sino el conjunto de demás gastos que tuvieron lugar como consecuencia del accidente provocado por el vehículo asegurado en la entidad demandada.

Conviene tener en cuenta que en el suplico de la demanda se solicitaba la condena a la entidad aseguradora demandada de la cantidad de 1.829,95 euros, más los intereses restantes hasta completar el incremento del 50 % del legal, según la cantidad que resulte de computar dicho devengo desde el pasado uno de enero de 2008, o de superior que se corresponda con el mínimo del 20 % del importe de reparación si hubieran transcurrido más de dos años desde dicha fecha hasta el momento de dictarse sentencia de Instancia.

Es claro que dichos intereses moratorios no han sido concedidos en la parte dispositiva de...

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