SAP Murcia 496/2011, 2 de Noviembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución496/2011
EmisorAudiencia Provincial de Murcia, seccion 1 (civil)
Fecha02 Noviembre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00496/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MURCIA

Sección 001

Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 3ª PLANTA PALACIO DE JUSTICIA

Telf : 968229183

Fax : 968229184

Modelo : 001360

N.I.G.: 30030 37 1 2011 0106111

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000142 /2011

Juzgado procedencia : JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 3 de CARAVACA DE LA CRUZ Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000674 /2009 RECURRENTE : PETROBOSS,S.L.

Procurador/a : LEOPOLDO GONZALEZ CAMPILLO

Letrado/a :

RECURRIDO/A : COMPAÑIA ESPAÑOLA DE PETROLEOS,S.A.

Procurador/a : JUAN ESMERALDO NAVARRO LOPEZ

Letrado/a :

SENTENCIA Nº 496/2011

ILMOS SRES

D. Andrés Pacheco Guevara Presidente

D. Fernando López del Amo González

D. Cayetano Blasco Ramón

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a dos de noviembre de dos mil once.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados expresados, ha conocido en grado de apelación las actuaciones de orden civil, Rollo nº 142/11, dimanante del procedimiento ordinario tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Caravaca de la Cruz y seguido entre las mercantiles Petroboss SL como demandante y Compañía Española de Petróleos SA (Cepsa) como demandada, ello en virtud del recurso de apelación promovido por la parte demandada, dirigida en esta alzada por el Letrado Sr. Ibáñez López, mientras que la apelada lo ha sido por el también Letrado Sr. Ramos Hernández, y siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Andrés Pacheco Guevara, que expresa la convicción de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos principales de que el presente rollo dimana, el Juzgado de Primera Instancia con fecha 15/7/10 dictó sentencia, cuyo fallo es del tenor siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Don Juan E. Navarro López en nombre y representación de la mercantil Compañía Española de Petróleos, S.A. contra Petroboss, S.L., representada por la Procuradora Doña Ana Parra Gómez, debo condenar y condeno a la demanda a abonar a la actora la cantidad de TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA EUROS CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (33. 560,62 #) más intereses legales desde la interposición de la demanda hasta su completo pago, con imposición de costas procesales a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra la citada resolución y en legal forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte antes citada, siendo admitido en ambos efectos, lo que originó, tras la tramitación oportuna, la remisión de los autos originales a esta Sala, señalándose, tras los traslados pertinentes, para deliberación del recurso el día de hoy, quedando los autos pendientes de resolución.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El esfuerzo apelatorio desplegado por la parte demandada resulta estéril ante la presencia de una acertada valoración probatoria en la instancia, siempre desde la órbita de apreciación auspiciada por las distintas reglas del art. 217 de la LEC, de cuyo válido escrutinio dimana la íntegra acogida de la pretensión de demanda.

La empresa actora ha justificado de forma suficiente la forma en que se realizó el encargo del combustible, su suministro a la demandada, la existencia de un precio aceptado por ésta, que se llegó a abonar parte de aquel envío, y la ausencia de pago de la parte de ese precio...

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