SJS nº 24 518/2009, 20 de Octubre de 2009, de Barcelona

PonenteMARIA PIA CASAJUANA PALET
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2009
Número de Recurso635/2009

Juzgado Social 24 Barcelona

Rda. De Sant Pere, 52, 4ª planta

Barcelona

Autos nº 635/2009

SENTENCIA Nº 518/09

En Barcelona, a 20 de octubre de 2009.

Visto por la Ilma. Sra. Dª. María Pía Casajuana Palet, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número 24 de Barcelona, en audiencia pública el juicio oral sobre reconocimiento de derecho, seguido a instancia de D. Jose Luis frente a la empresa RENFE Operadora; atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. En fecha 17-6-09 la parte actora arriba indicada presentó en el Juzgado Decano una demanda que fue repartida a este Juzgado y en la que, previa alegación de los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminó suplicando que se dictara una sentencia de conformidad con sus pretensiones.

SEGUNDO. En fecha 14-10-09 y previa citación a las partes en forma, se celebraron los actos de conciliación y juicio, con exposición de alegaciones, práctica de prueba y formulación de conclusiones conforme consta en el acta extendida al efecto.

TERCERO. En la tramitación de los presentes autos se han seguido las prescripciones legales, salvo el cumplimiento de plazos.

HECHOS

PROBADOS

PRIMERO. El actor, D. Jose Luis , con DNI nº NUM000 , viene prestando servicios para la empresa RENFE Operadora con una antigüedad de 15- 6-67, categoría profesional de A90, con residencia actual en la estación de Barcelona-Sants, en la Dirección Área de Negocio de Transversales, y con un salario mensual con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 3.166,20 euros (doc. 32 bis de la parte actora).

SEGUNDO. El actor solicitó a la empresa acogerse al plan de prejubilaciones con efectos de 1-10-09, lo que la empresa le denegó en fecha 4-5-09, en los siguientes términos: "Según me Informan desde la direcc. De RRHH, concretamente el jefe de Admón. de personal, la fecha de inicio en la cotización que consta en los ficheros de RENFE, es de 01/10/67, por lo que hasta 01/11/09 no te podrías prejubilar. Por consiguiente, la solicitud que nos hacías de fecha 01/10/09 no puede ser atendida. Si lo estimas conveniente solicitamos una valoración a fecha 01/11/09 para tu Inclusión en el Plan de Prejubilaciones vigente" (doc. 7 de la parte actora).

TERCERO. Frente a esa resolución el actor interpuso reclamación previa.

CUARTO. El actor consta de alta en la Seguridad Social por cuenta de la empresa RENFE Operadora desde el día 15-6-67 (doc. 24 de la parte actora)

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR