SAP Lleida 126/2011, 7 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución126/2011
Fecha07 Abril 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LLEIDA

SECCIÓN 1

Rollo Apelación faltas nº 36/2011 -

Juicio Faltas núm.:456/2010

Juzgado Instrucción nº 2 Cervera

S E N T E N C I A NÚM.:126 / 11

En la ciudad de Lleida, a siete de abril de dos mil once.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lleida, constituida por mí, Francisco Segura Sancho Magistrado de la Sección 1 ha visto, en grado de apelación constituido en Tribunal unipersonal, los autos de Juicio de Faltas núm.: 456/2010 del Juzgado de Instrucción nº 2 de Cervera y del que dimana el Rollo de Sala núm.:36/2011, habiendo sido partes, en calidad de apelante, Purificacion , representada por el procurador ISIDRO GENESCA LLENES y defendido por el Letrado Don Lluis Padulles Auge , y en calidad de apelados el MINISTERIO FISCAL y Hermenegildo , defendido por la Letrada Dª Marta Vilardosa Puiggené .

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO . - Por el Juzgado de Instrucción se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice lo siguiente: " FALLO Que debo CONDENAR Y CONDENO a Dª Purificacion , como autora de una falta de coacciones prevista en el artículo 620.2 del Código Penal , siendo el ofendido una de las personas previstas en el artº 173.2 del Código Penal , a la pena de CINCO DÍAS de trabajos a beneficio de la comunidad, siempre y cuando la Sra. Purificacion , preste previamente su consentimiento al cumplimiento de la misma en virtud de lo que prevé el artículo 49 del Código Penal .

Y para el supuesto de que la Sra. Purificacion no preste su consentimiento al cumplimiento de la condena de trabajos en beneficio de la comunidad, se impone a la misma la pena de cuatro días de localización permanente, que deberá cumplir en domicilio diferente y alejado del de la víctima.

Asimismo , la Sra. Purificacion deberá permitir al Sr. Hermenegildo el acceso a todas las plantas de la vivienda familiar, mientras no recaiga resolución que disponga otra cosa". ,

SEGUNDO. - Contra la referida sentencia se interpuso recurso de apelación mediante escrito del que se dio traslado a las partes contrarias para impugnación o adhesión, evacuando dicho trámite en el sentido de impugnarlo solicitando la íntegra confirmación de la sentencia recurrida.

TERCERO .- Seguidamente se elevaron los autos a esta Audiencia Provincial Sección Primera, que acordó formar rollo y designar Magistrado competente para conocer del recurso, al que pasaron las actuaciones para dictar la resolución correspondiente.

HECHOS

PROBADOS

Se aceptan y se hacen propios los de la sentencia recurrida, en cuanto no contradigan lo argumentado en la presente resolución

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Frente a la sentencia de instancia, por la que se condenó a la denunciada y ahora apelante como autora penalmente responsable de una falta de coacciones, se articula el presente recurso de apelación con fundamento en la ausencia de trascendencia típica de la conducta enjuiciada en la medida en que la actuación que se imputa carece de entidad suficiente para configurar el ilícito de coacciones pues ni concurre ni se aprecia una voluntad coactiva como tampoco la presencia de un ánimo tendencial dirigido a restringir la actuación del denunciante al tiempo que sostiene que los hechos denunciados tampoco representan un desprecio evidente e incontestable de las normas que rigen la convivencia social y el orden jurídico, motivos por los que interesa la revocación de aquella resolución y, consecuentemente a sus pedimentos, su libre absolución, pretensión a la que se opuso el Ministerio Fiscal así como la...

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