STSJ Andalucía 994/2007, 15 de Marzo de 2007

PonenteLUIS LOZANO MORENO
ECLIES:TSJAND:2007:1935
Número de Recurso3195/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución994/2007
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Social

994/2007

Recurso 3.195/06 - Sentª 994/07

Recurso nº 3.195/06 (R)

Excmo. Sr.:

D. Antonio Reinoso y Reino, Presidente de la Sala

Iltmos. Sres.:

D. Luis Lozano Moreno

Dª Carmen Pérez Sibón

En Sevilla, a quince de marzo de dos mil siete.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 994/2.007

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Industrias y Confecciones, S.A. y por la Mutua Asepeyo contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de los de Sevilla, dictada en los autos nº 409/05; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Luis Lozano Moreno, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda sobre contingencia de prestaciones de incapacidad temporal por Dª Silvia contra los recurrentes y contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, se celebró el Juicio y se dictó Sentencia el 29 de noviembre de 2005, por el Juzgado de referencia, en la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"1º.- Dª Silvia, trabajadora de la entidad actora, con fecha 5 de diciembre de 2003 inició situación de baja por I.T. por la contingencia de accidente de trabajo, habiendo sufrido un esguince lumbar. Causó alta el 16 de diciembre de 2003.

Estuvo igualmente en situación de I.T. por enfermedad común, del 5 de enero de 2004 al 27 de febrero de 2004. En el parte de alta se hace constar el diagnóstico de esguince lumbar.

Tuvo un tercer proceso de I.T. por enfermedad común por depresión del 10 de marzo de 2004 al 28 de abril de 2004.

18 de mayo de 2004 se emite parte de baja por contingencia profesional. La actora padecía una degeneración discal por deshidratación del disco intervertebral L4-L5, con signos degenerativos de las articulaciones interapofisiarias y plataformas vertebrales con estrechamiento de canal. Se trata de patologías de carácter degenerativo. No obstante, no existen bajas anteriores por tales patologías antes del 5 de diciembre de 2003, poniéndose de manifiesto la existencia de la hernia tras el esguince sufrido en el trabajo (informe del inspector médico obrante en el expediente administrativo).

  1. - El Instituto Nacional de la Seguridad Social dictó resolución, con fecha de salida 18 de febrero de 2005, por el que se declara que el proceso de enfermedad a que está sometido la trabajadora Silvia, corresponde a accidente de trabajo los periodos iniciados en fecha 5 de enero de 2004 y 18 de mayo de 2004, y a enfermedad común el que se inició el 10 de marzo de 2004.

    La empresa es autoaseguradora del riesgo de referencia.

  2. - Se agotó la vía previa."

TERCERO

La empresa actora y la Mutua recurrieron en suplicación contra tal sentencia, sin que los codemandados impugnaran esos recursos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La empresa empleadora de la trabajadora que sufrió, tras accidente de trabajo, sucesivas bajas por incapacidad temporal, siendo autoaseguradora de la prestación por incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo, y la Mutua que cubre el resto de las prestaciones derivadas de contingencias profesionales, recurren la sentencia que desestimó la demanda presentada por la primera contra la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social que determinó que dos de las tres bajas por incapacidad temporal que sufrió la trabajadora derivaban de accidente de trabajo. Ambos recursos coinciden en su planteamiento, por lo que serán examinados conjuntamente, y comienzan con un primer motivo, formulado al amparo del artículo 191 b) de la Ley de Procedimiento Laboral, en el que solicitan la modificación del hecho probado primero, en esencia para que se haga constar que la actora padece una hernia discal L4-L5, a lo que procede acceder pues así se deriva del informe del resonancia magnética nuclear que se le practicó a la actora el 25 de marzo de 2004,...

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