SAP Jaén 173/2006, 14 de Junio de 2006

PonenteMARIA JESUS JURADO CABRERA
ECLIES:APJ:2006:948
Número de Recurso64/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución173/2006
Fecha de Resolución14 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN

JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE JAÉN

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 13 DE 2006

APELACIÓN PENAL Nº 64 DE 2006

ESTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN, por los Ilmos Sres. relacionados al margen, ha

pronunciado, EN NOMBRE DEL REY, la siguiente:

SENTENCIA Nº 173

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. Pío Aguirre Zamorano

MAGISTRADOS

Dª. María Esperanza Pérez Espino

Dª. María Jesús Jurado Cabrera

En la ciudad de Jaén, a catorce de junio de dos mil seis.

VISTA, en grado de apelación, por la Sección 1ª de esta Audiencia Provincial, la causa seguida ante el Juzgado de lo Penal nº 1, por el Procedimiento Abreviado número 13/06, por el delito de Resistencia, procedente del Juzgado de Instrucción nº 3 de Jaén, siendo acusado Armando, cuyas circunstancias constan en la recurrida, representado en la instancia por la Procuradora Sra. Castro Guzmán y defendido por la Letrada Sra. Álvarez Moreno, ha sido apelante el acusado, parte apelada el Ministerio Fiscal, y Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª María Jesús Jurado Cabrera.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Jaén, en el Procedimiento Abreviado nº 13/06, se dictó, en fecha 16 de mayo de 2006, sentencia que contiene los siguientes hechos probados: ÚNICO.- El día 14 de septiembre de 2.004, el acusado Armando se presentó en el domicilio de su ex compañera sentimental, Nuria, sito en la localidad de Mengíbar, con la pretensión de llevarse a su hijo Jesús Luis, de cinco ao de edad, y al no permitírselo su madre se entabló una discusión mantenida con la misma, sin que se haya acreditado que mediasen amenazas, ni a Nuria ni a su madre, María Purificación. Al día siguiente el acusado se presentó en el Cuartel de la Guardia Civil de Mengíbar con la intención de presentar una denuncia y al decirle el agente TIP. NUM000 que no podía hacerlo pues sus familiares estaban presentando otra denuncia contra él amenazó al citado agente y al sargento TIP. NUM001 que salió a la puerta al oir las voces del acusado diciéndoles "que sabía dónde iban sus hijos a comprar y que tenía que pillarlos con la moto" que los tenía que pillar sin ropa y se iban a enterar" y otras similares, por lo que los agentes procedieron a la detención del acusado que se resistió a ello entablándose un forcejeo con los agentes para evitarlo en el transcurso del cual estos resultaron con lesiones leves de las que curaron el agente NUM000 en dos días, resultando dañado su reloj por importe de 15 euros, reclamando por ello y el sargento NUM001 con lesiones que tardaron en curar un día, sin que ninguno de ellos precisara más que primera asistencia facultativa".

SEGUNDO

Asimismo la referida sentencia pronuncia el siguiente FALLO: Debo condenar y condeno a Armando como autor criminalmente responsable de un DELITO DE RESISTENCIA, con la agravante de reincidencia, ya definido, a la pena de NUEVE MESES DE PRISIÓN, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO POR EL TIEMPO DE LA CONDENA, ABSOLVIÉNDOLO DE LA FALTA DE AMENAZAS DE QUE VENÍA ACUSADO, CON TODOS LOS PRONUNCIAMEINTOS FAVORABLES, e imponiéndole la mitad de las costas procesales. Por vía de responsabilidad civil habrá de indemnizar AL AGENTE TIP. NUM000 EN 60 EUROS POR LAS LESIONES, Y EN 15 EUROS POR LOS DAÑOS EN EL RELOJ, CON EL INTERÉS EJECUTORIO DEL ART. 576 DE LA LEC.".

TERCERO

Contra la misma sentencia por el acusado Armando, se formalizó en tiempo y forma el recurso de apelación dándose traslado a las demás partes para impugnación o adhesión, habiéndose presentado por el Ministerio Fiscal, solicitando la confirmación de la sentencia por sus propios fundamentos.

CUARTO

Elevados los autos a esta Audiencia se acordó formar rollo, turnar de ponente, quedando examinados para sentencia.

QUINTO

Se aceptan como trámites y antecedentes los de la sentencia recurrida.

SEXTO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Contra la sentencia dictada en la instancia por la cual se condena al acusado como autor responsable de un delito de resistencia previsto y penado en el artículo 556 del Código Penal, se alza la representación procesal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR