SAP Barcelona 90/2007, 13 de Febrero de 2007
Ponente | MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO |
ECLI | ES:APB:2007:712 |
Número de Recurso | 598/2006 |
Procedimiento | MENOR CUANTÍA |
Número de Resolución | 90/2007 |
Fecha de Resolución | 13 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMONOVENA
ROLLO Nº 598-2006-BB
JUICIO ORDINARIO n. 121-2006
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 27 de BARCELONA
S E N T E N C I A N ú m. 90/07
Ilmos. Sres.
D. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO.
Dª NURIA BARRIGA LOPEZ.
Dª ASUNCION CLARET CASTANY.
En la ciudad de Barcelona, a trece de febrero de dos mil siete.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimonovena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 121-2006, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 27 de Barcelona, a instancia de Dª. Carina, representada por el Procurador D. José Rafael Ros Fernández, contra D. Carlos representado por el Procurador D. Jesús Millán Lleopart; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora y demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 20 de julio de 2006, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Ros Fernández en nombre y representación de Dª. Carina, DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Carlos a que entregue a la Sra. Carina las siguientes joyas: anillo de oro baguet con brillantes, un anillo de oro baguet, un anillo semanario, un anillo de oro egipcio, un anillo de oro con tres zafiros, una pulsera de oro con diamantes, una gargantilla de oro de dos colores, varios colgantes, un reloj de oro Duward, una pulsera de oro, pulseras y pendientes varios, una perla australiana, un anillo de oro bagues con la inscripción 29-12-75 y dos anillos de oro con piedras semipreciosas. Asimismo, ESTIMANDO PARCIALMENTE la reconvención formulada por el Procurador Sr. Millán Lleopart en nombre y representación de D. Carlos, DEBO CONDENAR Y CONDENO A Dª. Carina a que entregue al Sr. Carlos los siguientes muebles y cuadros: Tomas Sayol, Duran Camps, y dos sofás de tres plazas Deco, abonando cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad tanto con la demanda como con la reconvención."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación ambas partes mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contrarias que se opusieron; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 1 de febrero de 2007.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO.
La sentencia de 20 de julio de 2006 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 27 de Barcelona en los autos de juicio ordinario nº 121/2006 estimaba parcialmente la demanda formulada por Carina contra Carlos condenando a este a entregar a la actora las joyas que allí relaciona a la vez que también estimaba la reconvención planteada de contrario condenando a aquella a hacer otro tanto respecto de otra serie de objetos que asimismo refiere, todo ello sin hacer especial pronunciamiento respecto de las costas causadas. Contra esta resolución se interpone recurso de apelación por parte de la actora reconvenida Carina que se asienta en la indefensión producida por la ausencia de practica de la testifical de Felipe acordada que se encontraba convaleciente de una operación quirúrgica en la fecha de celebración del juicio habiendo solicitado la practica como diligencia final ; igualmente impugna el pronunciamiento de fondo al considerar el error padecido por la Juzgadora de instancia respecto de la acreditación de la existencia de dos relojes, una pulsera y una esclava, el allanamiento atribuido a la misma respecto de un cuadro de TOMAS SAYOL y la consideración como bien común de un collar de perlas. Por parte de Carlos también se plantea recurso de apelación cuestionando el pronunciamiento referido a un cuadro de JOSEP AMAT cuya titularidad le había sido atribuida por sentencia de 22 de marzo de 2004 del Juzgado de Primera instancia nº 18 de Barcelona confirmada por la de 20 de septiembre de 2004 de esta Audiencia Provincial, igualmente considera injustificado que una serie de objetos, álbumes de dibujo, libretas, material de dibujo y pintura, dibujo en tinta de JOSEP AMAT, un DOMENGE, un cuadro de paisaje nevado, dos cuadros de FREDERIC LLOBERA, otro de GABRIEL AMAT y otros de Carlos hayan sido retirados por el recurrente o devueltos por la contraria, permaneciendo aun en su poder y reclamándolos, lo mismo que una vitrina de dos puertas que cita.
Como cuestión previa al examen de los recurso expresados y relacionado parcialmente con el contenido del planteado por la actora reconvenida subsiste en este instante recurso de reposición planteado por la representación procesal de Carina contra el auto dictado por esta Sala el 30 de noviembre de 2006 en el que inadmitía la prueba testifical propuesta en esta alzada al considerar suficiente la aportada en autos para la resolución del recurso planteado; la parte citada insiste en iguales términos a los utilizados en el escrito de apelación aparte de añadir el de indefensión por la inmotivación de la resolución que así lo acordaba. Comenzando por este ultimo aserto resulta del todo inadecuado ante la claridad de la decisión adoptada en esta alzada que, obviando los defectos procesales en que incurrió la proponente de modo incontrovertido abandonando la reiteración en la petición probatoria en el momento procesal oportuno que la misma cita en la instancia, analiza la obrante en esta litis constatando...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AAP Barcelona 74/2009, 3 de Abril de 2009
...procesos que de un modo caprichoso o arbitrario plantee a los tribunales controversias parciales que las partes fueren desgranando (SAP Barcelona, 13/Feb/2007, ROJ: SAP B 712/2007 Así, por ejemplo, el art. 400 LEC obliga al actor a referir en una misma demanda todos los motivos que llevaría......