SAP Barcelona, 6 de Noviembre de 2006

PonenteANTONIO RAMON RECIO CORDOVA
ECLIES:APB:2006:10019
Número de Recurso681/2005
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN PRIMERA

SENTENCIA Nº

Recurso de apelación nº 681/05

Procedente del procedimiento nº 617/04

Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Hospitalet de Llobregat (ant. Cl-2 )

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DON

JOSÉ LUIS BARRERA COGOLLOS, DÑA. LAURA PÉREZ DE LAZÁRRAGA VILLALNUEVA y

DON ANTONIO RECIO CORDOVA actuando el primero de ellos como Presidente del Tribunal, ha

visto el recurso de apelación nº 681/05 interpuesto contra la sentencia dictada el día 8 de junio de

2005 en el procedimiento nº 617/04 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de

Hospitalet de Llobregat (ant. Cl-2 ), en el que es recurrente DÑA. María Rosa, y

apelado DON Cornelio, previa deliberación, pronuncia en nombre de S.M. el

Rey de España la siguiente

S E N T E N C I A

Barcelona, 6 de noviembre de 2006

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Que estimando en parte la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Bernau Vidorreta, en nombre y representación de DON Cornelio, contra DOÑA María Rosa, debo declarar y declaro que procede atribuir al demandante legado, en pago de su legítima, consistente en una cuarta parte del valor de la casa número NUM000 de la CALLE000 de L' Hospitalet de Llobregat, siendo el valor de dicha cuarta parte de 37.888,72 euros, y debo condenar y condeno a Doña María Rosa a abonar al actor la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO EUROS CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS, con más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha del fallecimiento de la causante (8-2-2001) hasta la de esta resolución y un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de esta sentencia hasta la del pago.

Cada parte deberá abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal el Magistrado Ponente DON ANTONIO RECIO CORDOVA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora interesó en su escrito inicial se dictara sentencia con los siguientes pronunciamientos:

  1. Se declare la atribución de legado, a favor de D. Cornelio, en pago de su legítima, consistente en una cuarta parte del valor de la casa NUM000 de la CALLE000 de L'Hospitalet.

  2. Que el valor de la precitada cuarta parte es de 49.275,03 euros.

  3. Que se condene a la demandada a abonar al actor la suma de 49.275,03 euros, con más los intereses legales desde la fecha de la defunción de la causante, el día 8 de febrero de 2001.

  4. Que se condene a la demandada la pago de las costas del presente procedimiento.

La sentencia de instancia estima en parte la demanda, y declara que procede atribuir al demandante legado, en pago de su legitima, consistente en una cuarta parte del valor de la casa número NUM000 de la CALLE000 de L'Hospitalet de Llobregat, siendo el valor de dicha cuarta parte de 37.888,72 euros, condenando a Dª María Rosa a abonar al actor la cantidad de 37.888,72 euros, con más los intereses legales de la misma desde la fecha del fallecimiento de la causante (8-2-2001) hasta la de esta resolución y un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de esta sentencia hasta la del pago; y ello sin hacer imposición de las costas causadas.

Frente...

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