SAP Cáceres 41/2006, 7 de Febrero de 2006

PonenteSALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA
ECLIES:APCC:2006:101
Número de Recurso18/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución41/2006
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CACERES

SENTENCIA: 00041/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CACERES

Sección 001. Civil.

Domicilio : AVDA. DE LA HISPANIDAD S/N

Telf : 927 620308

Fax : 927 620315

Modelo : SEN00

N.I.G.: 10037 37 1 2006 0100017

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000018 /2006

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.6 de CACERES

Procedimiento de origen : VERBAL DESAHUCIO FALTA PAGO 0000481 /2005

RECURRENTE : OUTLET GUADIANA, S.L.

Procurador/a :

Letrado/a : MANUEL IGNACIO FELIU REY

RECURRIDO/A : Leticia , Héctor ,

Juan Pedro

Procurador/a : FATIMA DE QUINTANA MARTIN-FERNANDEZ

Letrado/a : Juan Pedro

S E N T E N C I A NÚM. 41/06

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE:

DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA =

MAGISTRADOS:

DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA =

DON ANTONIO MARÍA GONZÁLEZ FLORIANO =

___________________________________________________

Rollo de Apelación núm. 18/06 =

Autos núm. 481/05 (Desahucio Falta de Pago) =

Juzgado de 1ª Instancia núm. 6 de Cáceres =

========================================

En la Ciudad de Cáceres a siete de Febrero de dos mil seis.

Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Juicio de Desahucio núm. 481/05 del Juzgado de 1ª Instancia núm. 6 de Cáceres , siendo parte apelante, la entidad demandada, OUTLET GUADIANA, S.L., representada en la instancia por el Procurador de los Tribunales Sra. De Campos Ginés y no personada en la alzada al momento de dictarse la presente resolución, y defendida por el Letrado Sr. Feliu Rey, y, como parte apelada, los demandantes, DOÑA Leticia , DON Héctor y DON Juan Pedro , representados tanto en la instancia como en la alzada por el Procurador de los Tribunales Sra. De Quintana Martín Fernández, y defendidos por el Letrado Sr. Carracedo Mediero.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 6 de Cáceres, en los Autos núm. 481/05, con fecha 21 de Octubre de 2005, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que estimo la demanda deducida a instancia de Doña Leticia , Don Héctor y Don Juan Pedro contra OULET GUADIANA, S.L. y, en consecuencia, declaro resuelto por falta de pago de la renta el contrato de arrendamiento que les vinculaba en relación al local situado en el polígono El Vivero, parcela 6, de la calle Gredos esquina a la calle Monfragüe, de Cáceres, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración y a dejar el inmueble libre y a disposición de los actores en término legal, con apercibimiento de lanzamiento en otro caso. Todo ello, con imposición de las costas a la demandada."

SEGUNDO.- Frente a la anterior resolución y por la representación de la entidad demandada, se solicitó la preparación del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

TERCERO.- Admitida que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, conforme a lo dispuesto en los arts. 457.3 de la L.E.C . por veinte días para la interposición del recurso de apelación, conforme a las normas del art. 458 y ss. de la citada ley procesal .

CUARTO.- Formalizado en tiempo y forma el recurso de apelación por la representación de la parte demandada, se tuvo por interpuesto y de conformidad con lo establecido en el art. 461 de la L.E.C ., se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable.

QUINTO.- Presentado escrito de oposición al recurso por la representación de la parte demandante, se remitieron los autos originales a esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Cáceres, previo emplazamiento de las partes por término de 30 días.

SEXTO.- Recibidos los autos en esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Cáceres, se procedió a incoar el correspondiente Rollo de Sala, turnándose de ponencia; y no habiéndose propuesto prueba por ninguna de las partes, ni considerando este Tribunal necesaria la celebración de vista, se señaló para la DELIBERACIÓN Y FALLO el día seis de Febrero de dos mil seis, quedando los autos para dictar sentencia dentro del plazo que determina el art. 465 de la L.E.C ..

SÉPTIMO - En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

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No se aceptan los de la sentencia de instancia y

PRIMERO.- La representación procesal de la entidad demandada, hoy apelante, OUTLET GUADIANA, S.L., se alza contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Cáceres, de fecha 21 de Octubre de 2005 , que, estimando la demanda interpuesta contra dicha entidad por la representación procesal de Doña Leticia y Otros, declara resuelto por falta de pago de la renta el contrato de arrendamiento que les vinculaba en relación a un local comercial situado en el polígono "El Vivero", parcela 6, de la calle Gredos, esquina a la Calle Monfragüe, de Cáceres.

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