STSJ Comunidad de Madrid 452/2006, 21 de Febrero de 2006
Ponente | SANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO |
ECLI | ES:TSJM:2006:11569 |
Número de Recurso | 559/2001 |
Número de Resolución | 452/2006 |
Fecha de Resolución | 21 de Febrero de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ ELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTI MIGUEL ANGEL GARCIA ALONSO FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS SANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO
T.S.J. MADRID CON/AD SEC.2
MADRID
SENTENCIA: 00452/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
Sala de lo Contencioso Administrativo
Sección 2ª
Recurso nº 559/2.001
Registro General nº 9.207/2.001
SENTENCIA Nº 452
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. JUAN FRANCISCO LÓPEZ DE HONTANAR SÁNCHEZ
MAGISTRADOS:
Dª ELVIRA A. RODRÍGUEZ MARTÍ
D. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA ALONSO
D. FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
Dª SANDRA GONZÁLEZ DE LARA MINGO
En la Villa de Madrid, a veintiuno de febrero del año dos mil seis.
Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso contencioso-administrativo nº 559/2.001 promovido por la Procuradora Dª Almudena González García, en representación de SIGLAS, S.A., asistido del Letrado D. Carlos Morán Ortega, contra las resoluciones de fecha de 23 de marzo de 2.001, dictadas por la Oficina Española de Patentes y Marcas, por las que se desestimaban los recursos de alzada contra las resoluciones de fecha de 24 abril, 5 de mayo de 2.000, por la que se concedían las Marcas nacionales mixtas, "TELEVIP"", nº 2.221.854 8 Clase 16ª del Nomenclátor "TELEVIP"", nº 2.221.855 6 Clase 38ª del Nomenclátor, habiendo sido representada la Administración demandada por el Abogado del Estado; habiendo comparecido TELEFÓNICA, S.A. representada por el Procurador D. Juan Antonio García San Miguel y Orueta, asistida del Letrado D. E. Argüelles.
A través del presente recurso contencioso administrativo se impugna las resoluciones de fecha de 23 de marzo de 2.001, dictadas por la Oficina Española de Patentes y Marcas, por las que se desestimaban los recursos de alzada contra las resoluciones de fecha de 24 abril, 5 de mayo de 2.000, por la que se concedían las Marcas nacionales mixtas, "TELEVIP"", nº 2.221.854 8 Clase 16ª del Nomenclátor "TELEVIP"", nº 2.221.855 6 Clase 38ª del Nomenclátor.
Interpuesto recurso contencioso administrativo ante este Tribunal Superior de Justicia, después de admitido a trámite, reclamado el expediente administrativo, se dio traslado al recurrente para que en el plazo de veinte días formalizara la demanda, lo cual verificó habiendo solicitando en el suplico la estimación del recurso.
Presentada la demanda se dio traslado de la misma al Abogado del Estado y a TELEFÓNICA, S.A. con entrega del expediente administrativo, para que la contestaran en el plazo de veinte días, formalizadas dichas contestaciones solicitaron en el suplico que se desestimaran las pretensiones del recurrente y que se confirmara el acto impugnado por ser conforme a derecho.
Contestada la demanda, no habiéndose solicitado el recibimiento del juicio a prueba, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el plazo de 10 días para concluir por escrito, lo que consta realizado, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
Para la votación y fallo del presente proceso se señalo el día veintiuno de febrero del año dos mil seis, en que, efectivamente, se votó y falló.
En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª SANDRA GONZÁLEZ DE LARA MINGO, quien expresa el parecer de la Sección.
El presente recurso contencioso administrativo se dirige contra las resoluciones de fecha de 23 de marzo de 2.001, dictadas por la Oficina Española de Patentes y Marcas, por las que se desestimaban los recursos de alzada contra las resoluciones de fecha de 24 abril, 5 de mayo de 2.000, por la que se concedían las Marcas nacionales mixtas, "TELEVIP"", nº 2.221.854 8 Clase 16ª del Nomenclátor "TELEVIP"", nº 2.221.855 6 Clase 38ª del Nomenclátor.
Pretende el recurrente la anulación de la resolución recurrida por cuanto, a su juicio es contraria a derecho, aduciendo en apoyo de dicha pretensión y en esencia, que la recurrente, SIGLAS, S.A., es titular de la Marca nacional denominativa "VIPS" y "FOTOVIPS" nº 1.521.729 y 1.258.321 Clase 16ª del Nomenclátor, para distinguir "publicaciones", así como de la marca denominativa "VIDEOVIPS" y "VIPS" nº 1.107.917 y 2.094.909 Clase 41ª del Nomenclátor, para distinguir servicios del sector audiovisual y educación, formación esparcimiento, actividades deportivas y culturales, así como de otras marcas mas con la misma denominación para diversas clases del Nomenclátor, por lo que la marca otorgada vulnera lo previsto el artículo 12.1º,a) de la Ley de Marcas, ya que existe una semejanza fonética parcial y una identidad aplicativa y de áreas comerciales, lo que genera riesgo de confusión en el mercado. Asimismo, manifiesta que la resolución recurrida infringe el artículo 13, c) de la Ley de Marcas, ya que la marca de la recurrente es notoria, y cita por último la existencia de determinadas sentencias que en asuntos similares han otorgado la razón a la entidad recurrente.
Frente a ello el Abogado del Estado y TELEFÓNICA, S.A. interesaron la desestimación del presente recurso, argumentando en líneas generales, que la actuación cuestionada se ajustó en todo momento a la legalidad.
Un examen de los autos pone de manifiesto, entre otros hechos, relevantes para la resolución de la causa:
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-Que TELEFÓNICA, S.A. presentó en fecha 22 de marzo de 2.000 en la Oficina Española de Patentes y Marcas solicitud de registro de...
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STS, 21 de Enero de 2009
...del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 21 de febrero de 2006, dictada en el recurso contencioso-administrativo número 559/2001, seguido contra las resoluciones del Director General de la Oficina de Patentes del Ministerio de Ciencia y Tecnología y Marcas de 23 de marzo de 2001, que ......