DECRETO 84/2006, de 26 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2006.

SecciónB - Autoridades y Personal
Rango de LeyDecreto

DECRETO 84/2006, de 26 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2006.

  1. El artículo 18 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, en concordancia con lo dispuesto con carácter básico en el artículo 18.4 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, dispone que, una vez aprobada la Ley de Presupuestos de la Comunidad de Madrid se procederá a publicar la Oferta de Empleo Público y dicha Oferta recogerá aquellos puestos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertos con los efectivos existentes y cuya cobertura se considere precisa durante el ejercicio correspondiente. Por su parte, el artículo 18 de la Ley 6/2005, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2006, señala que en la conformación del Decreto de Oferta de Empleo Público se incluirán, además de las plazas de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus Organismos Autónomos, las plazas de los Órganos de Gestión sin personalidad jurídica propia, Empresas Públicas con forma de Entidad de Derecho Público y demás Entes Públicos que se encuentren vacantes y dotadas presupuestariamente y cuya provisión se considere inaplazable o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales y que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes. Únicamente excepciona las plazas vacantes de personal laboral pertenecientes a las Entidades de Derecho Público Hospital de Fuenlabrada y Canal de Isabel II y las correspondientes a los Entes Públicos Radio Televisión Madrid y Fundación Hospital Alcorcón.

  2. En el marco normativo descrito y tras la culminación de los procesos de transferencias del Estado a la Comunidad de Madrid en materia educativa y sanitaria, regulados a través de los Reales Decretos 926/1999, de 28 de mayo, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de enseñanza no universitaria, y 1479/2001, de 27 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en Materia de Sanidad, esta Administración continúa con el proceso de ordenación de la Función Pública que demandan ambos ámbitos, a efectos de programar las necesidades de personal de los mismos y a contribuir al logro de los objetivos de racionalización de los recursos humanos que los integran, todo ello a fin de contribuir a la mejora global del sector educativo y sanitario.

    De conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo con lo establecido con carácter básico en la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, conforme al cual durante el año 2006 el número total de plazas de nuevo ingreso del personal del sector

    público será, como máximo, igual al 100 por 100 de la tasa de reposición de efectivos, las convocatorias de plazas para ingreso de nuevo personal del sector público deberán concentrarse, en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, sectores entre los que la normativa autonómica destaca muy especialmente el sector docente y sanitario, lo que hace necesario avanzar en la implantación de sistemas de planificación del personal implicado en ambos sectores en aras a lograr dimensionar adecuadamente las plantillas de personal docente y sanitario, destacando el hecho de que las plazas correspondientes al acceso a los cuerpos de funcionarios docentes no computarán a efectos de la determinación de la tasa de reposición de efectivos mencionada anteriormente, al estar comprendido este personal entre las excepciones contempladas en el artículo 20 de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.

  3. En cumplimiento de cuanto antecede, la presente Oferta de Empleo Público incluye las plazas de determinados Cuerpos de funcionarios correspondientes al ámbito docente así como las propias del personal estatutario sanitario...

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