SAP Barcelona 41/2004, 13 de Enero de 2004
Ponente | MARIA DEL PILAR PEREZ DE RUEDA |
ECLI | ES:APB:2004:259 |
Número de Recurso | 1264/2003 |
Número de Resolución | 41/2004 |
Fecha de Resolución | 13 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 7ª |
D. FERNANDO VALLE ESQUESD. DANIEL DE ALFONSO LASODª. Dª. MARIA DEL PILAR PEREZ DE RUEDA
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN SEPTIMA
ROLLO Nº 1264/2003
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 277/2002
JUZGADO DE LO PENAL Nº 17 DE BARCELONA
S E N T E N C I A N ú m. 41
Ilmos. Sres.
D./Dª. FERNANDO VALLE ESQUES
D./Dª. DANIEL DE ALFONSO LASO
D./Dª. MARIA DEL PILAR PEREZ DE RUEDA
En la ciudad de Barcelona, a trece de Enero de dos mil cuatro.
VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación nº 1264/2003, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 277/2002, procedente del Juzgado de lo Penal nº 17 de Barcelona, seguido por un delito de robo uso vehículo de motor, contra Juan María; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Juan María contra la Sentencia dictada en los mismos el día 15 de Junio de 2.003, por el/la Sr/a. Juez del expresado Juzgado, compareciendo como parteapelada María Inmaculada .
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo condenar y condeno al acusado Juan María , como criminalmente responsable en concepto de autor de un delito de robo de uso de vehículo de motor, sin la concurrencia de circunstancia alguna modificativa de su responsabilidad criminal, a la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISION, la inhabilitación especial para ejercer el derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y abono de costas, con inclusión de las de la acusación particular, y abono en responsabilidades civiles a favor de María Inmaculada en 258,44 euros.".
Admitido el recurso y de conformidad con lo establecido en el artículo 795.4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MARIA DEL PILAR PEREZ DE RUEDA.
UNICO.- Se admite y reproduce la narración fáctica de la sentencia recurrida.
Se admiten los de la instancia.
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