AAP Madrid, 24 de Marzo de 2008

PonenteMARIA DEL CARMEN MARTINEZ SANCHEZ
ECLIES:APM:2008:4213A
Número de Recurso136/2007
ProcedimientoAPELACION AUTOS
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 27ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 27

MADRID

AUTO: 00000/0

. .

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN VIGÉSIMO SÉPTIMA

ROLLO DE APELACION Nº 136/07

D.P. nº 1771/06 JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 2 DE VALDEMORO

AUTO

ILMAS SRAS. MAGISTRADAS

DÑA. MARIA TARDON OLMOS (PRESIDENTA)

DÑA. MARIA TERESA CHACON ALONSO.

DÑA. MARIA DEL CARMEN MARTINEZ SANCHEZ ( PONENTE)

En Madrid, a 24 de marzo de 2008.

La Sección vigésimo Séptima de la Audiencia provincial de Madrid, ha visto el presente incidente de nulidad, dimánate del rollo de Apelación 135/07 derivado del juicio oral 1771/06 del Juzgado de Instrucción nº 2 de Valdemoro siendo promotor del incidente Julia representada por la Procuradora Blanca Rueda Quintero, y siendo ponente la Ilma Sra. Magistrada Dª MARIA DEL CARMEN MARTINEZ SANCHEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se plantea incidente de nulidad de actuaciones por la Procuradora Sra. Rueda Quintero en representación de Julia, contra el Auto de esta Sala de 11 de mayo de 2007, oponiéndose a dicho recurso, el Letrado del Partido Popular D. Juan Ramón Montero Estévez, el Procurador D. Carlos Peñalver Garceran en representación del colectivo de funcionarios públicos "Manos Limpias" y el Ministerio Fiscal, interesando que se desestime la solicitud de nulidad.

SEGUNDO

Con fecha 12 de julio de 2007 se formuló por el Letrado D. Juan M. Fernández Otero actuando en defensa de doña Julia y de doña Marina incidente de recusación frente a las Ilmas. Sras. Magistradas de esta Sección, Dña. MARIA TARDON OLMOS, Dña. MARIA TERESA CHACON ALONSO y Dña. Irene, en base al artículo 219, apartados 9 y 10 LOPJ. Con fecha 30 de julio, y por recibido oficio de la Sección quinta de esta Audiencia Provincial de Madrid de fecha 27 de julio que adjuntaba dicho escrito de recusación, se acuerda por la Ilma. Sra. Magistrado- Presidente la emisión del preceptivo informe y la inmediata suspensión de todos los rollos de apelación que tenían origen en las Diligencias Previas nº 1771/2006 provenientes del Juzgado de Instrucción nº 2 de Valdemoro, pasando a conocimiento de la Sección 26. El incidente de recusación fue resuelto por Auto de 18 de diciembre de 2007 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el sentido de desestimar la pretensión recusatoria, Auto con registro de entrada en esta Sección de fecha 2 de enero de 2008 .

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se plantea incidente de nulidad de actuaciones contra el Auto de esta Sala de 11 de mayo de 2007, que confirmaba en apelación el de 15 de diciembre de 2006, que a su vez era desestimatorio del recurso de reforma interpuesto contra el de 16 de noviembre. El incidente se interpone al amparo del artículo 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y alegando violación de lo previsto en los artículos 9.3 y 24.1 de la Constitución y jurisprudencia que desarrolla.

SEGUNDO

Por razones metodológicas debemos en primer lugar dar respuesta a la posible abstención planteada en el suplico del escrito del incidente. Y en este punto debemos remitimos al Auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 18-12-2007 que ya resolvió un incidente de recusación de tres Ilmas. Sras. Magistrados de esta Sección, formulado en base al art. 219, apartados 9 y

10 LOPJ, desestimando dicho incidente y por sus propios fundamentos. A él debemos remitirnos, en cuanto a tal pretensión se refiere, y en el que el recurrente obtiene cumplida respuesta respecto de todas sus alegaciones referidas a la falta de imparcialidad objetiva de esta Sala.

TERCERO

Entrando, ya, en el examen del fondo del recurso, el incidente excepcional de nulidad de actuaciones es un remedio procesal de...

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