ATS, 23 de Septiembre de 2008

PonenteXAVIER O'CALLAGHAN MUÑOZ
ECLIES:TS:2008:7873A
Número de Recurso1068/2008
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2008
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintitrés de Septiembre de dos mil ocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. - La representación procesal de la entidad "HACIENDASBIO, S.A.", interpuso recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, con fecha 30 de enero de 2008 -aclarada por Auto de 25 de febrero de 2008-, por la Audiencia Provincial de Badajoz (Sección 2ª ), en el rollo de apelación nº 801/2007, dimanante de los autos de juicio ordinario seguidos, bajo el nº 145/2007, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Badajoz.

  2. - Recibidas las actuaciones en este Tribunal y formado el presente rollo, el Procurador D. Juan Torrecilla Jiménez presentó escrito en fecha 25 de junio de 2008, personándose en nombre y representación de "HACIENDASBIO, S.A.", en concepto de parte recurrente. No ha comparecido el recurrido D. Abelardo .

  3. - Por escrito de fecha 29 de julio de 2008, el Procurador Sr. Torrecilla Jiménez, en la representación que tiene acreditada en las presentes actuaciones, manifestaba que, por haber llegado ambas partes a un acuerdo transaccional, desistía de los recursos interpuestos.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Xavier O'Callaghan Muñoz.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Contempla el art. 450.1 LEC 2000 la facultad de desistimiento del recurso antes de que sobre él recaiga resolución, por lo que al haberse manifestado la intención de la parte recurrente de apartarse de los medios de impugnación interpuestos, contando su Procurador con facultad al respecto en su poder, procede acceder a los solicitado, sin necesidad de resolver acerca de la admisibilidad de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con la subsiguiente declaración de firmeza de la Sentencia, y sin pronunciamiento expreso respecto de las costas.

LA SALA ACUERDA

TENER POR DESISTIDA a las mercantiles "HACIENDASBIO, S.A." representada por el Procurador

D. Juan Torrecilla Jiménez, de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos contra la Sentencia dictada, con fecha 30 de enero de 2008 -aclarada por Auto de 25 de febrero de 2008-, por la Audiencia Provincial de Badajoz (Sección 2ª ), en el rollo de apelación nº 801/2007, dimanante de los autos de juicio ordinario seguidos, bajo el nº 145/2007, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Badajoz.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que com Secretario, certifico.

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