ATS, 20 de Noviembre de 2008

PonenteJOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZ
ECLIES:TS:2008:13839A
Número de Recurso2121/2008
ProcedimientoRECURSO CASACIÓN
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2008
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinte de noviembre de dos mil ocho. HECHOS

PRIMERO

Por el Gobierno de Canarias se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia de 21 de diciembre de 2007, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el recurso nº 85/2005 por la que se estimó el recurso interpuesto por Endesa Distribución Eléctrica SLU contra la resolución de la Dirección General de Industria del Gobierno de Canarias de 30 de julio de 2004 por la que se concedió autorización administrativa y se aprobó el reformado de proyecto de ejecución para la instalación de una línea subterránea de MT y CT en interior de edificio sito en la c/Arrieta en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.

SEGUNDO

En virtud de providencia de 30 de septiembre de 2008 se acordó conceder a las partes un plazo común de diez días para que formularan alegaciones sobre la posible causa de inadmisión siguiente:

- Estar exceptuada del recurso de casación la resolución judicial impugnada por haber recaído en un asunto cuya cuantía no excede de 150.000 euros pues la misma viene constituida por el importe del presupuesto del Proyecto de Ejecución para la línea subterránea de Media Tensión y Centro de Transformación de interior de edificio que asciende a 8.036,74 euros, tal y como consta en el expediente administrativo (artículos 41.1 93.2 .a) y 86.2.b), de la LRJCA).

La parte recurrente ha evacuado el trámite de alegaciones.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. José Manuel Sieira Míguez Magistrado de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO

La sentencia impugnada estimó el recurso interpuesto por Endesa Distribución Eléctrica SLU contra la resolución de la Dirección General de Industria del Gobierno de Canarias de 30 de julio de 2004 por la que se concedió autorización administrativa y se aprobó el reformado de proyecto de ejecución para la instalación de una línea subterránea de MT y CT en interior de edificio sito en la c/Arrieta en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.

SEGUNDO

Reexaminada la causa de inadmisiblidad puesta de manifiesto a las partes, no se aprecia su concurrencia, toda vez que no es posible vincular la cuantía del pleito al coste del proyecto concreto, cuando la cuestión litigiosa a la vista del fallo de la sentencia impugnada, ha quedado circunscrita exclusivamente a la determinación de la exigencia o no del reparto de costes en caso de sobredimensionamiento de la red eléctrica que beneficia a la empresa distribuidora, cuestión ésta eminentemente jurídica y no susceptible de evaluación económica. En su virtud,

LA SALA ACUERDA:

Declarar la admisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal del Gobierno de Canarias contra la Sentencia de 21 de diciembre de 2007, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el recurso nº 85/2005, remitiéndose las actuaciones a la Sección Tercera de esta Sala a la que corresponde según las normas de reparto.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.

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