ATS, 4 de Noviembre de 2008

PonenteXAVIER O'CALLAGHAN MUÑOZ
ECLIES:TS:2008:10597A
Número de Recurso1750/2006
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2008
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Noviembre de dos mil ocho. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de la entidad "Groupama Plus Ultra Seguros y Reaseguros, S. A..", presentó, con fecha 13 de septiembre de 2006, escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 31 de mayo de 2006, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 13ª), en el rollo de apelación 589/2005, dimanante de los autos 814/2004 del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Madrid.

  2. - Mediante Providencia de 15 de septiembre de 2006 la Audiencia tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo con emplazamiento de las partes que se verificó el día 21 de septiembre siguiente.

  3. - Recibidas las actuaciones en este Tribunal y formado el presente rollo, han comparecido ante esta Sala la Procuradora D.ª Montserrat Rodríguez Rodríguez, en nombre y representación de la entidad "Banco Vitalicio de España, S. A.", y el Procurador D. José Manuel Fernández Castro, en nombre y representación de la entidad "Groupama Plus Ultra, Seguros y Reaseguros, S. A..", han presentado escritos, con fecha 30 de mayo y 7 de junio de 2005 compareciendo ante esta Sala como parte recurrida y como recurrente, respectivamente.

  4. - Ha sido Ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Xavier O#Callaghan Muñoz, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la entidad "Groupama Plus Ultra, Seguros y Reaseguros, S. A..", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA 1.- ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la entidad "Groupama Plus Ultra Seguros y Reaseguros, S. A..", contra la Sentencia dictada, con fecha 31 de mayo de 2006, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 13ª), en el rollo de apelación 589/2005, dimanante de los autos 814/2004 del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Madrid.

  1. - Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que como Secretario, certifico.

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