STSJ Aragón 1003/2009, 23 de Diciembre de 2009

PonenteJUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
ECLIES:TSJAR:2009:1939
Número de Recurso906/2009
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1003/2009
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2009
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

ZARAGOZA

SENTENCIA: 01003/2009

Rollo número: 906/2009

Sentencia número: 1003/2009

M.

MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO

D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE

En Zaragoza, a veintitrés de diciembre de dos mil nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación núm. 906 de 2009 (Autos núm. 582/2009), interpuesto por la parte demandante D. Gabriel, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Huesca de fecha 23 de septiembre de 2009; siendo demandada frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y DIPUTACIÓN GESNERAL DE ARAGÓN-DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, sobre jubilación parcial. Ha sido ponente el Ilmo. Sr.

D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Gabriel, contra el INSS y otros ya nombrados, sobre jubilación parcial, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha 23 de septiembre de 2009, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Desestimando la demanda interpuesta por D. Gabriel, frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y GOBIERNO DE ARAGON- DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos contenidos en la demanda".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

"PRIMERO.- El actor D. Gabriel, nacido el 12-1-1949, viene prestando servicios para la Diputación General de Aragón en el Instituto de Formación Agroambiental de Jaca, como funcionario de carrera del Cuerpo de Funcionarios Técnicos, Escala Técnica Facultativa, Ingeniero Técnico en Especialidades Agrícolas, con una antigüedad de 4-9-1972.

SEGUNDO

Figura en situación ininterrumpida de alta en el Régimen General desde el 1-1-1989.

TERCERO

En fecha 24-3-09 presentó solicitud de jubilación parcial, que fue denegada por Resolución del INSS de fecha 14-4- 09 alegándose que "el solicitante no tiene condición de trabajador sino de funcionario cuya sustitución no puede operarse por la vía del contrato de relevo sino mediante el correspondiente nombramiento de funcionario interino para el desempeño de potestades públicas cuyo ejercicio se encuentra limitado a personal funcionario...Por todo lo anterior, la aplicación de la jubilación parcial a los funcionarios públicos en los términos a que se refiere el artículo 67.4 del Estatuto Básico del Empleado Público requiere un desarrollo normativo...conforme prescribe la disposición adicional séptima de la Ley 40/2007 ".

Interpuesta reclamación previa, fue desestimada.

CUARTO

Asimismo, en fecha 12-3-09 el actor presentó escrito ante la Secretaría General Técnica del Departamento de Medio Ambiente solicitando la contratación de un relevista por el porcentaje de jornada del 85%, a efectos de la jubilación parcial, siendo desestimada dicha solicitud por silencio administrativo. Interpuesto recurso de alzada, fue desestimado.

QUINTO

Agotada la vía previa administrativa".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado dicho escrito por la parte demandada INSS y DGA.

CUARTO

Con fecha 11 de diciembre de 2009 se ha dado audiencia a las partes procesales sobre la posible incompetencia material para conocer de la pretensión dirigida contra la Diputación General de Aragón, con el resultado que consta en las actuaciones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

D. Gabriel es funcionario de carrera de la Diputación General de Aragón, estando de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. El 12-3-2009 presentó escrito ante la Secretaría General Técnica del Departamento de Medio Ambiente solicitando la contratación de un relevista por el porcentaje de jornada del 85%, a efectos de su jubilación parcial, siendo desestimada dicha solicitud por silencio administrativo. El 24-3-2009 presentó solicitud de jubilación parcial anticipada, que fue denegada por Resolución del INSS de fecha 14-4-2009. Este funcionario interpuso demanda contra el INSS, la TGSS y el Gobierno de Aragón solicitando que se reconozca su derecho a la jubilación parcial. La sentencia de instancia desestimó la demanda. Contra ella recurre en suplicación el accionante, formulando un único motivo al amparo del apartado c) del art. 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, en el que denuncia la infracción del art. 67 del Estatuto Básico del Empleado Público, postulando que se estime la demanda.

Como explica la sentencia de esta Sala de 15-12-2009, recurso 914/2009, es palmario, conforme a lo dispuesto en los artículos 9.4 y 5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 1, 2 y 3 de la Ley de Procedimiento Laboral, que el orden social de la jurisdicción carece de competencia para conocer de la pretensión del actor en lo que hace referencia a la relación de carácter funcionarial en virtud de la cual presta servicios para el Gobierno de Aragón codemandado.

Únicamente puede conocer este orden jurisdiccional respecto de la petición...

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