AAP Murcia 63/2009, 3 de Noviembre de 2009
Ponente | MATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS |
ECLI | ES:APMU:2009:598A |
Número de Recurso | 248/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 63/2009 |
Fecha de Resolución | 3 de Noviembre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
CARTAGENA
AUTO: 00063/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA
SECCION DE CARTAGENA
ROLLO DE APELACION N. 248/09
JUICIO CAMBIARIO 632/08
JUZGADO DE 1º INSTANCIA N. 1 DE SAN JAVIER
AUTO NUM. 63
Ilmos. Sres.
Don José Manuel Nicolás Manzanares
Presidente
Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas
Don José Joaquín Hervás Ortiz
Magistrados
En la ciudad de Cartagena, a tres de noviembre de dos mil nueve. La Sección de Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto los autos de n. 632/08 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Javier de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante LA CAIXA DÈSTALVIS I PENSIONS DE BARCELONA, habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrentes, representados por el Procurador D. Vicente Lozano Segado y dirigidos por el Letrado D. Camilo Javier Cela Fernández.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Javier en los referidos autos, tramitados con el núm. 632/08, se dictó auto con fecha 25/02/09, cuya parte dispositiva dice entre otras lo siguiente: "Se INADMITE la solicitud de procedimiento cambiario presentada por ROSA NIEVES MARTINEZ MARTINEZ en nombre y representación de LA CAIXA, contra Constancio, que se archivara, previa baja en los libros correspondientes".
Contra dicho auto, se interpuesto recurso de apelación por la parte demandante, en tiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art.457 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil
. este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación y designándose Magistrado Ponente se señaló día para la votación y fallo que tuvo lugar el día de la fecha.
En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas.
Contra el Auto del juzgado de 1ª Instancia, que inadmitió la demanda de procedimiento cambiario, por considerar que la demanda no cumplía los requisitos de los artículos 403 y 819 de la L.E.C . Al no acompañarse con la demanda el pagaré cuya ejecución se pretende, a través del procedimiento cambiario. Se formula...
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