AAP Madrid 290/2009, 16 de Octubre de 2009

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Madrid, seccion 22 (civil)
Fecha16 Octubre 2009
Número de resolución290/2009

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 22

MADRID

AUTO: 00290/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 22

18020

C/ FRANCISCO GERVAS N: 10 (PLANTA 12*)

Tfno.: 914936204-05-06-07- Fax: 914936210

N.I.G. 28000 1 7009095 /2009

Rollo: RECURSO DE APELACION 885 /2009

Proc. Origen: DIVORCIO MUTUO ACUERDO 5 /2009

Órgano Procedencia: JDO.DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER N.5 de MADRID Ponente:

Demandado/Apelante: MINISTERIO FISCAL

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Demandante/Apelado: Cecilia

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

AUTO Nº

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández

Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres

Ilmo. Sr. D. José Angel Chamorro Valdés _____________________________________/ En Madrid, a dieciséis de octubre de dos mil nueve.

La Sección Vigesimosegunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos sobre inhibición, bajo el nº 9/09, ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 5 de los de Madrid, entre partes:

De una, como apelante, el Ministerio Fiscal.

De otra, como apelada, Doña Cecilia .

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Con fecha 21 de mayo de 2009, por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 5 de los de Madrid, se dictó Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal: "DISPONGO: Declarar la falta de competencia objetiva de este Juzgado, declarando la competencia para conocer de la demanda interpuesta por Cecilia con el consentimiento de Augusto, siendo competentes los Juzgados de Primera Instancia que por turno corresponda de conformidad con los fueros establecidos en el art. 769.2 de la LEC .

Contra la presente cabe recurso de apelación en el plazo de 5 días, que se preparará ante este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid.

Así lo acuerda, manda y firma, D. Carmelo Jiménez Segado, Juez stto. Del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 5 de Madrid".

TERCERO

Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma, previa la oportuna preparación, se interpuso recurso de apelación por el Ministerio Fiscal, exponiéndose en el escrito presentado las alegaciones en las que basaba su impugnación.

De dicho escrito se dio traslado a las demás partes personadas, no presentándose por la representación procesal de Doña Cecilia escrito de oposición.

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Superioridad, en la que, previos los trámites oportunos, se acordó señalar para deliberación, votación y resolución del recurso el día 15 de los corrientes.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ha planteado el Ministerio Fiscal recurso de apelación contra el auto dictado por el Juzgado de Violencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR