AAP Granada 681/2009, 9 de Octubre de 2009
Ponente | MARIA AURORA GONZALEZ NIÑO |
ECLI | ES:APGR:2009:852A |
Número de Recurso | 574/2009 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 681/2009 |
Fecha de Resolución | 9 de Octubre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA.
Sección Segunda.
Rollo de apelación de auto núm. 574/2009.
Causa: Diligencias Previas núm. 1093/2008 del
Juzgado de Instrucción núm. 1 de Loja.
Ponente: Sra. Aurora González Niño.
A U T O NÚM. 681/09
Ilmos. Sres.:
D. José Juan Sáenz Soubrier
Dª Aurora González Niño
D. Juan Carlos Cuenca Sánchez
En la ciudad de Granada, a nueve de octubre de dos mil nueve, la Sección Segunda de esta Ilma. Audiencia Provincial, formada
por los Sres. Magistrados al margen relacionados, ha conocido del recurso de apelación a que ahora se hará referencia, y pasa a dictar respecto del mismo la presente resolución.
El Juzgado de Instrucción núm. 1 de Loja, tras recibir denuncia formulada ante la Guardia Civil por D. Carlos Daniel contra D. Baltasar por presunto delito de estafa, con fecha 3 de octubre de 2008 dictó auto acordando la incoación y el registro de las Diligencias Previas correspondientes y decretando al mismo tiempo el sobreseimiento provisional y archivo de la Causa por no resultar debidamente justificada la perpetración del delito que dio lugar a su formación.
Contra dicho auto el denunciante Sr. Carlos Daniel interpuso recurso de reforma y subsidiario de apelación en el cual, tras exponer los motivos que estimaba oportunos, terminaba con el suplico de que se revocara el auto recurrido y en su lugar se ordenara continuar el proceso por sus trámites.
Admitido a trámite el recurso de reforma e impugnado por el Ministerio Fiscal, fue desestimado por auto de fecha 17 de marzo de 2009 que, al mismo tiempo, admitió a trámite el recurso de apelación subsidiariamente interpuesto; y evacuados los correspondientes traslados, el Ministerio Fiscal insistió en la impugnación del recurso, sin que el apelante formulase alegación nueva alguna.
Remitida la Causa esta Audiencia Provincial para la sustanciación de la apelación interpuesta, cuyo conocimiento por turno de reparto ha correspondido a la Sección Segunda, han quedado los autos para resolver, siendo ponente la Magistrada Dª Aurora González Niño.
Salvados con el auto desestimatorio del recurso de reforma, del cual éste de apelación que ahora se resuelve es subsidiario, cuantos reparos podrían oponerse a la suficiencia de la motivación del auto recurrido, la cuestión litigiosa queda limitada a comprobar si el sobreseimiento provisional decretado por el Juzgado de Instrucción se ajusta o no a la legalidad y si, con los datos suministrados por el propio recurrente en su denuncia, completada con la corta investigación realizada por la Guardia Civil tras recibirla acerca de la identidad del titular del vehículo en cuestión, se puede afirmar que podemos estar en presencia del delito de estafa del que el recurrente se considera víctima y ordenar por tanto el inicio del proceso penal en su fase de investigación a la búsqueda de los indicios...
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