AAP Barcelona 131/2009, 17 de Junio de 2009

PonenteAURORA FIGUERAS IZQUIERDO
ECLIES:APB:2009:5078A
Número de Recurso446/2009
ProcedimientoINCIDENTE
Número de Resolución131/2009
Fecha de Resolución17 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª

AUTO N. 131/2009

Barcelona, a diecisiete de junio de dos mil nueve

Audiencia Provincial de Barcelona.Sección Decimocuarta

Magistrados:

Francisco Javier Pereda Gámez

Marta Font Marquina

Aurora Figueras Izquierdo (Ponente)

Rollo n.: 446/2009

Ejecución hipotecaria n. 1007/2008

Procedencia: Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Manresa Objeto del juicio: ejecución hipotecaria por impago de la deuda garantizada Motivo del recurso: vulneración del artículo 682 LEC

Apelante: Banco Halifax Hispania, S.A.

Abogado: C. Baón Romasanta

Procurador: A. Joaniquet Ibarz

Apelado: Fermina y Ricardo

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. RESUMEN EN PRIMERA INSTANCIA

    Banco Halifax Hispania, S.A. presenta demanda instando se despache ejecución contra la finca 2.887 del Registro de la Propiedad de Manresa de los ejecutados Ricardo y Fermina para cubrir la suma de la cantidad principal y de intereses referenciada en el suplico de la demanda con las pretensiones accesorias efectuadas.

    El Auto de 13 de enero de 2009 inadmite a trámite la demanda de ejecución conforme a los dispuesto en el artículo 682 y concordantes de la LEC, al haberse sometido las partes expresamente en la escritura de hipoteca (estipulación séptima) al procedimiento de ejecución extrajudicial.

    Interpuesto recurso de reposición por la ejecutante, en fecha 13 de febrero de 2009 se dicta Auto desestimando el recurso de reposición contra el Auto de 13 de enero de 2009 .

  2. CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO DE APELACIÓN

    Contra el Auto de 13 de febrero de 2009 y consiguientemente de aquel del que trae causa se alza la parte ejecutante en base a las alegaciones y fundamentos de derecho que considera de aplicación interesando se revoquen ambas resoluciones y acordando estimar la demanda de ejecución hipotecaria despache ejecución en los términos solicitados en su demanda.

  3. TRÁMITES EN APELACIÓN

    El asunto presenta diligencia de reparto de fecha 25 de mayo de 2009. La deliberación de la Sala fue señalada para el día 11 de junio de 2009 . Esta resolución no se ha dictado en el término previsto en el artículo 465.1 LEC debido a causas estructurales, circunstancia que se hace constar a los efectos del artículo 211.2 LEC .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. PROCEDENCIA DE LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA DE EJECUCIÓN Alega el recurrente que la existencia de la Cláusula Séptima de la escritura de préstamo y constitución de derecho real de hipoteca de 10 de octubre de 1997 no se constituye en obstáculo para que el acreedor pueda optar por la vía que le resulte más conveniente con el objeto de reclamar el importe de la cantidad debida por el deudor.

    El Tribunal...

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