ATS, 19 de Mayo de 2009
Jurisdicción | España |
Fecha | 19 Mayo 2009 |
AUTO
En la Villa de Madrid, a diecinueve de Mayo de dos mil nueve I. HECHOS
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- Por la representación procesal de la entidad "PROMOCIONES CIORRAMOL S.L." se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 9 de marzo de 2007, por la Audiencia Provincial de Jaén (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 28/2007, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 917/2005 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén.
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- Por providencia, de fecha 30 de abril de 2007, se tuvo por interpuesto recurso de casación y se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, habiéndose notificado y emplazado a las partes a través de sus respectivos Procuradores.
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- Se han personado en el presente rollo, el Procurador Don Manuel Gómez Montes, en representación de Don Jose Augusto y Doña Trinidad, en concepto de recurrido, y el procurador Don Raúl Martínez Ostenero, en nombre y representación de "PROMOCIONES CIORRAMOL SL" en concepto de parte recurrente.
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- El presente recurso de casación tiene por objeto una Sentencia dictada en juicio ordinario que, de conformidad con la legislación vigente al tiempo de interponerse la demanda, fue tramitado en atención a su cuantía, con la consecuencia de que su acceso a la casación se halla circunscrito al ordinal segundo del citado art. 477.2 de la LEC 2000, habida cuenta el carácter distinto y excluyente de los tres ordinales del art. 477.2 de la LEC 2000 .
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la mercantil "PROMOCIONES CIORRAMOL SL" al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose, en este momento procesal, causa legal de inadmisión.
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- De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
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PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA 1.- ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la mercantil "PROMOCIONES CIORRAMOL SL.", contra la Sentencia dictada, en fecha 9 de marzo de 2007, por la Audiencia Provincial de Jaén (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 28/2007, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 917/2005 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén.
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- Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.