ATS, 19 de Mayo de 2009

JurisdicciónEspaña
Fecha19 Mayo 2009

AUTO

En la Villa de Madrid, a diecinueve de Mayo de dos mil nueve I. HECHOS

  1. - Por la representación procesal de la entidad "PROMOCIONES CIORRAMOL S.L." se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 9 de marzo de 2007, por la Audiencia Provincial de Jaén (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 28/2007, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 917/2005 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén.

  2. - Por providencia, de fecha 30 de abril de 2007, se tuvo por interpuesto recurso de casación y se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, habiéndose notificado y emplazado a las partes a través de sus respectivos Procuradores.

  3. - Se han personado en el presente rollo, el Procurador Don Manuel Gómez Montes, en representación de Don Jose Augusto y Doña Trinidad, en concepto de recurrido, y el procurador Don Raúl Martínez Ostenero, en nombre y representación de "PROMOCIONES CIORRAMOL SL" en concepto de parte recurrente.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - El presente recurso de casación tiene por objeto una Sentencia dictada en juicio ordinario que, de conformidad con la legislación vigente al tiempo de interponerse la demanda, fue tramitado en atención a su cuantía, con la consecuencia de que su acceso a la casación se halla circunscrito al ordinal segundo del citado art. 477.2 de la LEC 2000, habida cuenta el carácter distinto y excluyente de los tres ordinales del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la mercantil "PROMOCIONES CIORRAMOL SL" al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose, en este momento procesal, causa legal de inadmisión.

  3. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA 1.- ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la mercantil "PROMOCIONES CIORRAMOL SL.", contra la Sentencia dictada, en fecha 9 de marzo de 2007, por la Audiencia Provincial de Jaén (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 28/2007, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 917/2005 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén.

  4. - Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

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