ATS, 16 de Abril de 2009
Ponente | FERNANDO LEDESMA BARTRET |
ECLI | ES:TS:2009:6460A |
Número de Recurso | 796/2008 |
Procedimiento | RECURSO CASACIÓN |
Fecha de Resolución | 16 de Abril de 2009 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
AUTO
En la Villa de Madrid, a dieciséis de abril de dos mil nueve HECHOS
Por el Procurador de los Tribunales D. Javier Freixa Iruela en nombre y representación de DRAGADOS S.A., CONSTRUCCIONES DARIAS, S.A., UNION TEMPORAL DE EMPRESAS Ley 18/1982, se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia de 26 de noviembre de 2007, dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso nº 1964/2005, en materia de contratación administrativa (abono de actualización de precios).
En virtud de providencia de 15 de septiembre de 2008 se acordó poner de manifiesto a las partes para alegaciones por un plazo de diez días la concurrencia de la posible causa de inadmisión del recurso siguiente: con relación a los motivos primero y quinto del escrito de interposición del recurso no haberse anunciado ni justificado en el escrito de preparación del recurso, que la infracción de una norma estatal o comunitaria europea ha sido relevante y determinante del fallo de la sentencia impugnada, y, en todo caso y respecto del motivo quinto del escrito de recurso su falta de fundamento ya que la infracción denunciada se predica de la Administración no de la sentencia recurrida (artículos 89.2 y 93.2 .d. de la LRJCA); trámite que ha sido evacuado por las partes personadas.
Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Fernando Ledesma Bartret, Magistrado de la Sala
La sentencia recurrida desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la recurrente, contra la resolución desestimatoria presunta de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento sobre la solicitud de 21 de junio de 2005 en orden al abono de la cantidad de 443.657,89 euros en concepto de actualización de precios de las obras ejecutadas en el contrato celebrado con la Administración denominado Proyecto Complementario nº 1. Desdoblamiento de la Carretera C-882 de Santa Cruz de Tenerife a Guía de Isora por el Sur, P.K 109,650 al 114,300. Prolongación de la Autopista TF-1. Tramo: Torviscas-Armeñime. Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Clave: 01-TF-242.1".
Reexaminadas las causas de inadmisión puestas de manifiesto a las partes, no se aprecia su concurrencia. La primera, porque las infracciones denunciadas en el escrito de interposición fueron, aunque de modo sucinto, previamente anunciadas en el escrito de preparación y la segunda porque lo realmente planteado en el recurso de casación, es el análisis de las eventuales infracciones jurídicas en que ha incurrido la sentencia impugnada.
En su virtud, LA SALA ACUERDA:
Declarar la admisión del recurso de casación interpuesto por la representación procesal de DRAGADOS S.A., CONSTRUCCIONES DARIAS, S.A., UNION TEMPORAL DE EMPRESAS Ley 18/1982, contra la sentencia de 26 de noviembre de 2007, dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso nº 1964/2005, con remisión de las actuaciones para su sustanciación a la Sección Sexta de esta Sala, de acuerdo con las normas de reparto de esta Sala.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados