ATS, 28 de Abril de 2009
Ponente | JESUS CORBAL FERNANDEZ |
ECLI | ES:TS:2009:5490A |
Número de Recurso | 1580/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2009 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintiocho de Abril de dos mil nueve I. HECHOS
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- Por la representación procesal de MÁRMOLES DEL MEDITERRÁNEO, S.L., MÁRMOLES LEVANTE, S.A., y LEVANTINA DE MÁRMOLES, S.A., con fecha 1 de junio de 2007, se ha interpuesto recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, en fecha 15 de marzo de 2007, por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección 5ª), en el rollo nº 455/2006 dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 438/2000, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Novelda.
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- Por Providencia de fecha 18 de julio de 2007 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes personadas.
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- El Procurador D. Aníbal Bordallo Huidobro, en nombre y representación de LEVANTINA Y ASOCIADOS DE MINERALES, S.A. (entidad que ha absorbido a MÁRMOLES DEL MEDITERRÁNEO, S.L., MÁRMOLES LEVANTE, S.A., y LEVANTINA DE MÁRMOLES, S.A.) presentó escrito ante esta Sala con fecha 12 de septiembre de 2007, personándose en calidad de parte recurrente . La parte recurrida, ASOCIACIÓN DE VECINOS DE LEDUA, nos se ha personado.
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- Procede admitir el recurso el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación, al amparo del ordinal 2º del art. 477.2 de la LEC, interpuestos por la representación procesal de MÁRMOLES DEL MEDITERRÁNEO, S.L., MÁRMOLES LEVANTE, S.A., y LEVANTINA DE MÁRMOLES, S.A., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.
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- No habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso de casación.
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PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN Y EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCION PROCESAL, interpuestos por la representación procesal de MÁRMOLES DEL MEDITERRÁNEO, S.L., MÁRMOLES LEVANTE, S.A., y LEVANTINA DE MÁRMOLES, S.A. (absorbidas por LEVANTINA Y ASOCIADOS DE MINERALES, S.A.), con fecha 1 de junio de 2007, contra la Sentencia dictada, en fecha 15 de marzo de 2007, por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección 5ª), en el rollo nº 455/2006 dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 438/2000, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Novelda.
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) Y, no habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, quedan los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso de casación.