ATS, 31 de Marzo de 2009

JurisdicciónEspaña
Fecha31 Marzo 2009

AUTO

En la Villa de Madrid, a treinta y uno de Marzo de dos mil nueve I. HECHOS

  1. - Por la representación procesal de D. Agapito, Dª. Sonsoles y Dª. Marí Trini ., con fecha 20 de junio de 2007, se ha interpuesto recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, en fecha 7 de marzo de 2007, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 12ª), en el rollo nº 211/2006 dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 62/2001, del Juzgado de Primera Instancia nº 70 de Madrid.

  2. - Por Providencia de fecha 21 de junio de 2007 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes personadas.

  3. - La Procuradora Dª. Blanca Rueda Quintero, en nombre y representación de D. Agapito, Dª. Sonsoles y Dª. Marí Trini, presentó escrito ante esta Sala con fecha 5 de julio de 2007, personándose en calidad de parte recurrente . La Procuradora Dª. Gracia López Fernández, en nombre y representación de

D. Constantino, presentó escrito ante esta Sala con fecha 27 de julio de 2007, personándose en calidad de parte recurrida. La Procuradora Dª. Raquel Sánchez-Marín García, en nombre y representación de Dª. Coro, Dª. Flora y D. Florencio, presentó escrito ante esta Sala con fecha 11 de septiembre de 2007, personándose en calidad de parte recurrida.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación, al amparo del ordinal 2º del art. 477.2 de la LEC, interpuestos por la representación procesal de D. Agapito, Dª Sonsoles y Dª Marí Trini, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 485 y 474 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación y el recurso extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN Y EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCION PROCESAL interpuestos, por la representación procesal de D. Agapito, Dª Sonsoles y Dª Marí Trini, contra la Sentencia dictada, en fecha 7 de marzo de 2007, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 12ª), en el rollo nº 211/2006 dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 62/2001, del Juzgado de Primera Instancia nº 70 de Madrid.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación y del recurso extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

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